REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
195º Y 146º
SOLICITANTES: FRANKLIN GIOVANNY LIBRE PABON Y DORIS KARINA VIVAS ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.247.413 y V-15.232.800 respectivamente, de este domicilio y hábiles.
ABOGADA ASISTENTE: TERESA PEÑALOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.362.
En fecha 13 de agosto de 2003, fue admitida en este Tribunal la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, presentada por los ciudadanos: FRANKLIN GIOVANNY LIBRE PABON Y DORIS KARINA VIVAS ALVAREZ, asistidos por la abogada Teresa Peñaloza, fundamentándola en la ruptura prolongada de la vida en común, pautada en el artículo 185-A del Código Civil, acompañó con la solicitud:
Copia certificada del acta de matrimonio número SESENTA Y CUATRO (64), de fecha 29 de febrero de 1992, expedida por la Prefectura de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
Admitida la solicitud, se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, anexándole copia de la referida solicitud.
En fecha 20 de noviembre de 2003, la ciudadana Doris Karina Vivas Álvarez, asistida por el abogado Edgar Alexander Moreno Moreno, solicitó al Juez se avocara al conocimiento de la presente causa.
Por auto de fecha 27 de noviembre de 2003, la Juez Temporal, abogada Jeanne Lisbeth Fernández de Acosta, se avocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha 08 de diciembre de 2003, se libró boleta de notificación al Fiscal XV del Ministerio Público.
En fecha 18 de diciembre de 2003, el Alguacil del Tribunal consignó boleta de notificación firmada personalmente por la Fiscal XV del Ministerio Público.
Por auto de fecha 07 de enero de 2004, el abogado José Gregorio Andrade Pernia, se avocó al conocimiento de la presente causa.
Mediante diligencia de fecha 12 de enero de 2004, la abogada Laura Cristina Gallanty Bertaggia, en su carácter de Fiscal Auxiliar Décimo Quinto del Ministerio Público del Estado Táchira, manifestó al Juez que no tiene nada que objetar en el mismo, por cuanto de la revisión se evidencia el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 185¬-A del Código Civil vigente.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de los cónyuges: FRANKLIN GIOVANNY LIBRE PABON Y DORIS KARINA VIVAS ALVAREZ, ambos suficientemente identificados en autos de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído entre ellos por ante la Prefectura de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según consta del acta de matrimonio N° 64 de fecha 29 de febrero de 1992.
Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Una vez firme la presente decisión, se acuerda expedir dos copias certificadas y remitirlas al Jefe Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y al Registro Principal del Estado Táchira, a los fines de que se estampe la correspondiente nota marginal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los siete (07) días del mes de octubre de dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL.
PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRIGUEZ.
EL SECRETARIO.
GUILLERMO ANTONIO SANCHEZ M.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
PASR/abp.
Exp. 14757.
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