REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 31 de octubre de 2005.

195º y 146º

Recibido por distribución, constante de nueve (09) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges: DOMINGO ANTONIO DELGADO VIVAS y NORA ESPERANZA PEREZ MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrs V-5.661.539 y V-5.674.970, respectivamente, de este domicilio y hábiles, asistidos de los abogados ELDA CAROLINA TOLISANO FLORES y DIXON ISAIA ROMERO URBINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 84.038 y 44.562, en su orden. Este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaria copia certificada del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud y del presente auto.


Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
Jocelynn Granados Serrano
Secretaria Titular
JMCZ/lgb.-
En la misma fecha se libró la boleta para el Fiscal y se entregó a la Alguacil.