REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTOBAL, 18 de octubre de 2005.-
195º Y 146º
Visto el escrito de fecha 11 de octubre de 2005, suscrito por la ciudadana OMAIRA LOZADA DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-9.221.676, asistida por la abogada GLORYS BEJARANO GUERRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.162, parte demandada en la presente causa, por una parte y por la otra el abogado JOSÉ NEPTELI PAREDES CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.407, actuando con el carácter de Endosatario en Procuración de la Letra de Cambio anexa al expediente respectivamente, mediante el cual indican al Tribunal del error material ocurrido al momento de describir vehículo dado en dación en pago en la transacción celebrada en fecha 09 de febrero de 2005 y homologada por este Tribunal en fecha 15 de febrero de 2005, este Tribunal; acuerda aclarar que los datos exactos de vehículo dado en dación en pago al demandante en dicha transacción son los siguientes: PLACA: SAP-80N, MARCA: DAEWOO; MODELO: TACUMA 2.0 CDX A/T; AÑO: 2002; COLOR: BEIGE; SERIAL DE CARROCERIA: KLAUA75ZE2K720413; SERIAL MOTOR: C20SED105130; CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; PESO: 910 KGS; CAPACIDAD: 5 PUESTOS y los datos del certificado de origen son N° 78172; AC-64561 con fecha de compra 03/09/2001. Téngase la presente Aclaratoria como parte integrante del auto de fecha 15 de febrero de 2005.
Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
María Alejandra Vásquez Sánchez
Exp: 17571 Secretaria Temporal
JMCZ/mr.-
DEMANDANTE: PAREDES CASTILLO JOSE NEPTALI
DEMANDADO: LOZADA DELGADO OMAIRA
MOTIVO: Cobro De Bolívares