REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 24 de noviembre de 2005.
195º y 146º

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado en acta de fecha 15 de noviembre de 2005, entre los ciudadanos: MAYRA LISBETH BAUTISTA CRUZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 15.437.522; y JOSÉ ARMANDO TORRES GUERRERO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 9.133.987; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boleta y oficio.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _____________, quedó registrada bajo el N° ________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró boleta de notificación.
Exp. Nº 756-2002
Mcmc.
Va sin enmienda.