REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 24 de noviembre de dos mil cinco.
195º y 146º

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO, realizado en acta de fecha 11 de noviembre de 2005, entre los ciudadanos NORMA LUCIA CANCHICA Y FRANKLIN ALEXANDER POVEDA BUITRAGO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.020.061 y V- 10.178.468 en su orden; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) ___________, quedando registrada bajo el Nº _________ y se libró boleta de notificación.

Abg. Maurima Molina / Secretaria
Exp. Nº 1253/2005
mr.