REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE.
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
195º y 146º
En escrito admitido en fecha 26 de junio de 2003, por ante este Tribunal, la ciudadana INES CHACÓN DE SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.976.761, domiciliada en el Municipio García de Hevia del Estado Táchira, asistida por el abogado Rubén Colmenares Ramírez, inscrito en el IPSA bajo el Nº 69.303, solicitó la INSERCION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, de su hija ALIX CHACÓN, manifestando que ella nació el día veintidós (22) de septiembre de 1970, en la Finca “La Morena” en Orope, Parroquia José Antonio Páez del Municipio García de Hevia del Estado Táchira. Acompañó con la solicitud los siguientes documentos:
Copia simple de la cédula de identidad dela solicitante Inés Chacón de Sandoval.
Constancia de residencia de la solicitante, expedida por la Asociación de Vecinos “Comunidad de Orope”
Certificación de que no aparece inserta la partida de nacimiento de la ciudadana Alix Sandoval Chacón, en los libros respectivos expedida por la Prefectura de la Parroquia José Antonio Páez, Orope Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana Inés Chacón de Sandoval, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira.
Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano Henry, hijo de la ciudadana Inés Chacón de Sandoval, expedida por la Prefectura del Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana Francy Inés, hija de la ciudadana Ines Chacón de Sandoval, expedida por la Prefectura del Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana Rosario, hija de la ciudadana Inés Chacón de Sandoval, expedida por la Prefectura del Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano José Tulio, hijo de la ciudadana Inés Chacón de Sandoval, expedida por la Prefectura del Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
Se le dio el curso de Ley a la solicitud, se ordenó publicar el edicto a que se refiere el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, emplazando a todas aquellas personas que puedan ver afectado sus derechos en el presente proceso, para que comparecieran por ante este Tribunal al décimo día de despacho siguiente a que conste en autos la publicación y consignación en el expediente del edicto ordenado, y se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público correspondiente.
En fecha 26 de agosto de 2003, se libró boleta de notificación al Fiscal XIV del Ministerio Público.
Mediante diligencia de fecha 05 de septiembre de 2003, el abogado Rubén Colmenares, consignó ejemplar del diario El Nacional, donde fue publicado el Edicto librado, y en la misma fecha se agregó al expediente.
El Alguacil del Tribunal, en fecha 24 de septiembre de 2003, consignó recibo de notificación firmada personalmente por el Fiscal XIV del Ministerio Público.
En diligencia de fecha 17 de noviembre de 2003, la ciudadana Inés Chacón de Sandoval, confirió poder apud-acta al abogado Rubén Colmenares Ramírez.
Por auto de fecha 18 de noviembre de 2003, la Juez Temporal, abogada Jeanne Lisbeth Fernández de Acosta, se avocó al conocimiento de la presente causa.
En diligencia de fecha 02 de febrero de 2004, el abogado Rubén Colmenares Ramírez, solicitó se oficiara al Juzgado del Municipio García de Hevia, para que tomaran declaraciones a los testigos.
Por auto de fecha 13 de febrero de 2004, el Tribunal hizo del conocimiento del abogado que en las actas del expediente no cursa escrito de pruebas, y por lo tanto se debe impulsar el proceso con el escrito de pruebas.
Abierto el juicio a pruebas el abogado Rubén Colmenares Ramírez, consignó escrito de pruebas en dos (02) folios útiles, mediante el cual promovió las testimoniales de los ciudadanos: FIDELINA PORRAS viuda de SANCHEZ, EFRAIN MEDINA, CARMEN ELI ZAMBRANO MOLINA, LEONARDO RINCÓN RINCÓN.
En auto de fecha 05 de abril de 2004, se agregaron y admitieron las pruebas promovidas, salvo su apreciación en la definitiva y se comisiono al Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para las testimoniales solicitadas, librándose el correspondiente despacho
En fecha 16 de junio de 2004, se agregó al expediente la comisión de pruebas, remitida por el Juzgado comisionado con oficio N° 1286-578, de fecha 07 de junio de 2004.
Por diligencia de fecha 09 de agosto de 2005, el abogado Rubén Colmenares Ramírez, solicitó al Tribunal se avoque al conocimiento de la causa, se le de continuidad y se sentencie el mismo.
Por auto de fecha 12 de agosto de 2005, el Juez Temporal, abogado Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez, se avocó al conocimiento de la presente causa.
Vencido el término legal del lapso probatorio, se relacionó la causa se procedió a dictar sentencia para lo cual previamente se considera:
UNICO: Cumplidas las formalidades legales, con la documentación ya relacionada y con las pruebas anteriormente descritas, y por cuanto no hubo oposición alguna, esta acción es procedente y así se declara.
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. En consecuencia, queda formalmente establecido que la ciudadana ALIX CHACÓN, natural de Orope, de 35 años de edad, nació el día VEINTIDOS DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA, en la Finca “La Morena”, en Orope Parroquia José Antonio Páez del Municipio García de Hevia del Estado Táchira, siendo hija de INES CHACÓN DE SANDOVAL. Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Prefectura de la Parroquia José Antonio Páez del Municipio García de Hevia del Estado Táchira, para que en lo sucesivo le sirva de partida de nacimiento a la ciudadana: ALIX CHACÓN.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada una vez quede firme la presente decisión. Déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil cinco. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación. (fdo)EL JUEZ TEMPORAL. PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRIGUEZ. (fdo)EL SECRETARIO. GUILLERMO ANTONIO SANCHEZ M. (hay sello del Tribunal).
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA ANTERIOR COPIA POR SER FIEL TRASLADO DE SU ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN EL EXPEDIENTE CIVIL-FAMILIA N° 14672-2003 EN EL CUAL INES CHACÓN DE SANDOVAL, ASISTIDA POR EL ABOGADO RUBEN COLMENARES RAMÍREZ, SOLICITA INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU HIJA ALIX CHACÓN.
EL SECRETARIO
|