REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
195º y 146º

San Cristóbal, 08 de noviembre de 2005


Ponente: Jafeth Vicente Pons B.


Por cuanto el abogado Alí José Federico López, en su condición de imputado, interpuso recurso de apelación ante el tribunal que dicto el fallo, en el término que establece el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal; pues dicho fallo fue dictado 25 de octubre del dos mil cinco, en virtud del cual el Tribunal Décimo de Control de este Circuito Judicial Penal, negó la solicitud de auxilio Judicial solicitada por el referido ciudadano, de conformidad con lo previsto en los artículos 402, 403 y 404, todos del Código Orgánico Procesal Penal; y el recurso de apelación fue interpuesto 21 de octubre de ese mismo año, de donde se infiere que su interposición se hizo dentro del lapso legal, y por cuanto dicho recurso no se encuentra previsto en las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 437, literales a,b, y c, ejusdem, esta Corte de Apelaciones, ADMITE dicho recurso y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez días de audiencias siguientes a la de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 450 ejusdem.



LOS JUECES DE LA CORTE,



JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente-Ponente




JAIRO OROZCO CORREA JOSE JOAQUIN BERMUDEZ C
Juez de la Corte Juez de la Corte




El Secretario,
JERSON QUIROZ RAMIREZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado


Exp.Nro. Aa -2478-05