REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIONES
SALA ESPECIAL ACCIDENTAL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

San Cristóbal, 29 de noviembre de 2005
195º y 146º

Juez Ponente: JAIRO OROZCO CORREA

Visto el recurso de apelación interpuesto por las abogadas BELKIS CENOBIA CARRERO GONZALEZ Y DALIA YALEITZA CARRERO GONZALEZ, con el carácter de defensoras de la adolescente J. M. D (identidad omitida por disposición legal), contra la sentencia definitiva dictada y publica el 06 de octubre de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró sin lugar la incidencia planteada por la defensa; declaró responsable penalmente al referido adolescente; lo condenó por la comisión del delito de violación y lo impuso de la medida de privación de libertad, por el lapso de dos (02) años, y en forma simultanea reglas de conducta, por el lapso de dos (02) años; así mismo lo eximió del pago de costas procesales; libró boleta de privación de libertad y por último ordenó la remisión de la presente causa al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal; por cuanto su interposición se hizo ante el Tribunal que dictó el fallo en el término establecido en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Sala Especial de la Corte de Apelaciones lo ADMITE dicho recurso y fija para la novena audiencia siguiente a la de hoy, a las diez (10:00) de la mañana, la realización de la audiencia oral y privada, conforme a lo previsto en el artículo 455 Ibidem. Notifíquense a las partes.

Los Jueces de la Sala,

JAIRO OROZCO CORREA
Presidente y ponente


CARMEN DEISY CASTRO INFANTE INDIRA MAGALLI RUIZ USECHE
Juez de la Sala Juez de la Sala


JERSON QUIROZ RAMIREZ
Secretario

Cúmplase lo ordenado.

JERSON QUIROZ RAMIREZ
Secretario
As-006/JOC/chs
Aolescentes