REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUTO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
San Cristóbal, 17 de noviembre de 2005
195º y 146º
Visto el recurso de revisión interpuesto por el penado RAMON ALBERTO GELVIS ORDOÑEZ, contra la sentencia definitiva y firme, que fuera dictada el 11-06-2001, por el abogado Antonio José Medicci Briceño, Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 1 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual fue condenado el mencionado ciudadano a cumplir la pena de diez (10) años y seis (6) meses de prisión, por la comisión del delito de transporte y ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 (ahora 31) de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y uso de documento falso, previsto y sancionado en el artículo 323 del Código Penal, y por cuanto dicho recurso fue interpuesto en base al ordinal 6° del artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal, la competencia para conocer y decidir le corresponde a esta Corte de Apelaciones, tal como lo establece el artículo 473 ejusdem, y en vista de que dicho recurso cumple con los requisitos exigidos por el artículo 472 ibidem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 en concordancia con el artículo 474, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy.
Los Jueces de la Corte,
JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente
JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS JAIRO OROZCO CORREA
Ponente Juez
Jerson Quiroz Ramírez
Secretario
Exp.Nº 1-Rr- 586/2005/Neyda.-
|