REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUTO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
San Cristóbal, 17 de noviembre de 2005
195º y 146º
Visto el recurso de apelación interpuesto por el abogado Alirio Omar Martínez Omaña, defensor de la ciudadana YAKELINE PANIAGUA GUZMAN, contra la decisión dictada en fecha 19 de octubre de 2005, por la abogada Gabriela Ambrosetti, Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 5, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad por otra menos gravosa a favor de la mencionada ciudadana, de conformidad con lo previsto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Y, dado que dicho recurso fue interpuesto en el término establecido en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, y no se encuentra comprendido en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 ejusdem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE, acordando resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy.
Los Jueces de la Corte,
Jafeth Vicente Pons Briñez
Presidente
JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS Jairo Orozco Correa
Ponente Juez
Jerson Quiroz Ramírez
Secretario
Exp.Nº 1-Aa-2503-2005/Neyda.-