REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
TRIBUNAL EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº1

San Cristóbal, 19 de mayo del año 2005.
195º y 146º.
CAUSA Nº: E1-2000

Ref.: Auto que decreta EXTINCION DE LA PENA

Visto el Oficio Nº 01837, de fecha 22 de abril de 2005, emitido por la Unidad Técnica 3 de Apoyo al Sistema Penitenciario, San Cristóbal Estado Táchira, mediante el cual remite a este despacho copia del Informe Final del penado PEREZ GÓMEZ WALTER AUGUSTIN, colombiano, indocumentado, de profesión u oficio obrero agropecuario, residenciado en Puente Real, calle 10 Nº 65, San Cristóbal, Estado Táchira, en el cual se señala que “...el citado probacionario culmina el régimen probatorio de manera responsable, se destacó por ser una persona diligente, apegado a la normativa social...”, este Tribunal para decidir observa:
Consta en las actuaciones, que el penado fue condenado en calenda 01-04-2003, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial del Estado Táchira, a cumplir la pena principal de CATORCE (14) MESES y OCHO (08) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del punible de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 323 en concordancia con el artículo 320 ambos del Código Penal, ahora bien, esta Juzgadora evidencia que en el caso sub examine el penado ha dado fiel cumplimiento a las condiciones que se le impusieron para Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, dictada en decisión de fecha 26-08-2.003 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, según se desprende de la notificación remitida a este despacho por la Unidad Técnica 3 de Apoyo al Sistema Penitenciario, San Cristóbal, Estado Táchira, es por lo que este Tribunal observa, que el penado GÓMEZ WALTER AUGUSTIN, ha cumplido totalmente la condena que le impuso el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03 de éste Circuito Judicial Penal, y en consecuencia debe declararse la extinción de la responsabilidad criminal correspondiente, y la libertad plena de dicho ciudadano, todo de conformidad con lo estipulado en el artículo 105 del Código Penal. Así se decide.
En mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,

RESUELVE:
ÚNICO: DECRETA la EXTINCIÓN DE LA PENA, por cuanto el ciudadano GÓMEZ WALTER AUGUSTIN, dio cumplimiento efectivo a la condena impuesta por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3 de este Circuito Judicial Penal, y por tanto decreta la libertad plena y la extinción de la responsabilidad criminal respecto de dicho ciudadano, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal.

Remítase la presente causa al Archivo de esta Circunscripción Judicial.

En San Cristóbal, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año dos mil cinco.
Cópiese, notifíquese y cúmplase,


Abg. LUPE FERRER ALCEDO
Juez Primero de Ejecución.


Abg. MARITZA CAROLINA VELASCO MAMBELL.
La Secretaria.