En horas de despacho del día de hoy, Jueves Cinco (05) de Mayo del año dos mil cinco, a las 10:35 a.m., se trasladó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR, INDEPENDENCIA, LIBERTAD Y PEDRO MARIA UREÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA y se constituyó a las 11:00 a.m., en la sede de la Entidad Bancaria Banco Sofitasa, Agencia Ureña, ubicada en la carrera 4 entre calles 5 y 6, casa Nro.5-14, Barrio el Centro, Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira, a los fines de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRICION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, para llevar a la práctica la Media Preventiva de Embargo decretada por el referido Juzgado de Instancia en el Expediente Civil Nro 15.564-2005, en el que la Sociedad Mercantil ELECTROSHOCK C.A., demanda a la ciudadana ROSA YESENIA MURILLO RODRIGUEZ, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION. Está presente el ciudadano RAINER ROLLANS RODRIGUEZ PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.145.930, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.434, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Demandante. Se encuentra presente el ciudadano ISRAEL HUMBERTO MANTILLA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.987.575, domiciliado en el lugar de la constitución del Tribunal, a quien se le notificó la misión del mismo y manifestó ser el Gerente de Agencia del Banco Sofitasa de Ureña. En este estado solicita el derecho de palabra el Apodero Actor, ya identificado y cedida que le fue expone: “Solicito muy respetuosamente a la ciudadana Juez proceda a solicitar del notificado la verificación de la cuenta corriente Nro. 0137-0008-71-0001107311, cuya titular es la demandada , ciudadana ROSA YESENIA MURILLO RODRIGUEZ y el saldo para la presente fecha y en tal sentido en caso de existir dinero disponible en la misma señalo para Embargar Preventivamente la cantidad de CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 5.708.769,20). Es todo”. De seguidas el Tribunal requiere al Gerente del Banco ya identificado, verificar e informar en torno a la cuenta corriente señalada en este acto por el Apoderado Actor, para lo cual indicar la persona titular de la misma y el saldo actual. En esta estado, el ciudadano Israel Humberto Mantilla Rojas, en su carácter de Gerente de la Entidad Bancaria informa al Tribunal que la cuenta corriente ya mencionada posee un saldo actual de CUARENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs.47.514.946,21), y que la titular de la misma es la ciudadana Rosa Yesenia Murillo Rodríguez. Seguidamente el Tribunal Ejecutor Supra-identificado DECLARA LEGALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 5.708.769,20) y SE DECLARA la desposesion jurídica de dicha cantidad de dinero, conforme a lo establecido en el articulo 536 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se ordena, de conformidad con la Resolución emanada del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 20 de Septiembre de 2004, en concordancia con la Resolución Nro. 2004-00159, de la Sala Plena del Máximo Tribunal de la República, en la cual se designa de manera exclusiva al Banco Industrial de Venezuela para recibir los depósitos de todas las cantidades de dinero que por distintos conceptos reciban los Tribunales de la República y por cuanto la cantidad de dinero Embargada Preventivamente en este acto, de una Cuenta Corriente cuya titular es la Parte Demandada, se encuentra depositada en el Banco Sofitasa, se ordena por autoridad de la Ley, en atención a las Resoluciones indicadas, al Gerente Israel Mantilla, ya identificado, emitir un cheque de Gerencia a nombre del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y por la cantidad legalmente embargada. En este estado el notificado hace entrega a este Órgano Jurisdiccional de un Cheque de Gerencia de esta misma fecha por un monto de CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 5.708.769,20), signado bajo el Nro.00003935, del Banco Sofitasa Agencia Ureña, para ser pagado a la orden del Juzgado 3RO DE 1RA INST. CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL EDO. TACHIRA, caduca a los 90 días, no endosable, librado contra la cuenta corriente Nro.0137-0010-92-0005000041, de lo cual se deja expresa constancia, así mismo se ordena anexar copia simple del cheque a la presente comisión. Es todo, se da por concluido el presente acto siendo las 12:20 m. y no siendo más el objeto de la constitución del Tribunal se ordena el regreso a su sede. El Tribunal se hizo acompañar en este acto del Agente Policial JESUS ANTONIO ARCINIEGAS MENDOZA placa Nro 162 adscrito a la Región 51 Zona policial Oeste de la DIRSOP San Antonio del Táchira. Se terminó, se leyó y conformes firman
LA JUEZA
ABG. ROSA CLEMENCIA COLMENARES ROSALES ( Rfdo.)

EL APODERADO ACTOR ( Rfdo.)

EL GERENTE NOTIFICADO ( Rfdo.)

EL AGENTE POLICIAL ( Rfdo.)

EL SECRETARIO
ABG. JORGE ENRIQUE MEDINA RAMIREZ ( Rfdo.)

RCCR/jemr.
D Nro. 905-2005