JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, doce (12) de mayo de dos mil cinco.

AÑOS: 195° y 146°

Visto el desistimiento de fecha 09 de mayo de 2005, realizado por la abogada en ejercicio IRENE MONTILLA DE SALAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.005, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, ciudadano JUAN DE MATA MÉNDEZ PARADA; esta Juzgadora conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo vista la fianza presentada por el demandante según depósito N° 20409098, de fecha 01 de diciembre de 2004, realizado en la Cuenta Corriente de este Tribunal en el Banco de Venezuela, se ordena librar cheque a nombre del actor, ciudadano JUAN DE MATA MÉNDEZ PARADA, por el monto consignado que es la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 2.730.000,00). Se da por terminado el juicio, cumplido como sea lo ordenado, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.




Abg. MARÍA ZABDY MORA ROMERO
Juez Provisoria



MARÍA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria
En la misma fecha se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal. Asimismo se libró cheque N° 26869615, por la suma de Bs. 2.730.000,00.


MARÍA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria