JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, diez (10) de mayo de dos mil cinco.

AÑOS: 194° y 145°

Visto el DESISTIMIENTO realizado en diligencia de fecha 06 de mayo de 2.005, (f.11), por la parte demandante CARMEN AVENDAÑO MARQUEZ, asistida por la abogado LUPE ROSARIO DIAZ VIVAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No.38.780; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, Da por terminado el juicio, y consecuencialmente ordena el desglose de las letras de cambio, se levante la medida de embargo acordada y el archivo del expediente, dejando copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal



Abg. Maria Zabdy Mora Romero
Juez Provisorio
Esperanza Villamizar de Galvís
Secretaria