REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 24 de Mayo del año 2.005

194º y 145º
Revisado como ha sido el presente expediente por motivo de REGIMEN DE VISITAS, incoado por el ciudadano JOSE EDILBERTO CARDENAS CARDENAS en contra de MARIA SANTOS RUBIO y por cuanto se desprende del mismo que desde el 21/04/2004, ninguna de las partes han realizado actuaciones que demuestre su propósito de mantener el necesario impulso procesal, cuya regla general expresa que solo transcurrido del tiempo origina la perención; es por lo que esta JUEZ UNIPERSONAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCION en el presente proceso de conformidad con lo establecido artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y se ordena su archivo. Publíquese, regístrese, expídase copia certificada para el archivo del Tribunal y archívese el expediente.


Abog. INDIRA RUIZ USECHE
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01

ABG. ANDREINA DUQUE CASIQUE
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Sria.

Exp. Nro. 28627.-