En el día hábil de hoy, Cinco (05) de Mayo de 2005, siendo las 2:00 p.m. oportunidad fijada para la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, los apoderados de los demandante MANUEL GUILLERMO VARGAS, MANUEL CAMACHO PARRA, ENDER ANCARGEL PEREZ MOLINA, JULIO CESAR PARRA, JESÚS LEON, RENSO KHANKLI ROMERO, JOSE MARTIN MORA MEDINA, ELEUTERIO GUILLEN CHACON y LUIS ELADIO PERNIA LABRADOR los abogados ALEJANDRO VIVAS MEDINA y MARIANA ARAQUE FIGUEROA, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-12.230.212 y V-14.418.621 respectivamente, con Inpreabogados Nros.83.026 y 98.317 en su orden, tal como consta en poder otorgado ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 17-03-2005, anotado bajo el Nro.85, Tomo 37 que corre a los folios 36 y 37 del presente asunto, por la empresa CONSTRUCCIONES RAMA 2004 C.A., en la persona del ciudadano RAUL DAZA CHACON, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.078.432, asistido de su abogado RODRIGO RIVERA MORALES, titular de la cédula de identidad Nro.V-1.705.230, con Inpreabogado Nro.6.063. Se deja constancia expresa que el ciudadano NELSON ALEXIS SALAZAR GUERRERO, no asistió ni por si, ni por medio de apoderado alguno. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, expusieron sus alegatos, las partes coincidieron y estuvieron de acuerdo en cancelar los siguientes aspectos con respecto a cada uno de los trabajadores, por lo que se procedió a efectuar los respectivos cálculos discriminados de la siguiente manera:
I) MANUEL GUILLERMO VARGAS BLANCO:
1) ANTIGÜEDAD: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 45 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES (Bs.848.502).
2) VACACIONES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 28,98 días a razón de Bs.15.712 diarios, lo que da un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.455.362,74).
3) UTILIDADES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 40,98 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.772.702,48).
4) PREAVISO: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 15 días a razón de Bs.15.713 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
5) BONO DE ASISTENCIA: correspondiéndole 15 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
6) PRENDA SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: correspondiéndole 6 días a razón de Bs.30.000 diarios, lo que da un total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000).
7) UTILES ESCOLARES correspondiéndole 20 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.314.260)
La cantidad obtenida como cálculo por los conceptos antes descritos asciende a la cantidad de TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.3.042.222), menos los anticipos dados al trabajador por la cantidad de
UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.1.667.222) para un total adeudado por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.375.000)
II) MANUEL CAMACHO PARRA:
1) ANTIGÜEDAD: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 45 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES (Bs.848.502).
2) VACACIONES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 28,98 días a razón de Bs.15.712 diarios, lo que da un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.455.362,74).
3) UTILIDADES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 40,98 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.772.702,48).
4) PREAVISO: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 15 días a razón de Bs.15.713 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
5) BONO DE ASISTENCIA: correspondiéndole 15 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
6) PRENDA SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: correspondiéndole 6 días a razón de Bs.30.000 diarios, lo que da un total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000).
7) UTILES ESCOLARES correspondiéndole 20 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.314.260)
La cantidad obtenida como cálculo por los conceptos antes descritos asciende a la cantidad de TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.3.042.222), menos los anticipos dados al trabajador por la cantidad de
UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.1.667.222) para un total adeudado por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.375.000)
III) ENDER ARCANGEL PEREZ MOLINA:
1) ANTIGÜEDAD: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 45 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES (Bs.848.502).
2) VACACIONES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 28,98 días a razón de Bs.15.712 diarios, lo que da un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.455.362,74).
3) UTILIDADES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 40,98 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.772.702,48).
4) PREAVISO: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 15 días a razón de Bs.15.713 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
5) BONO DE ASISTENCIA: correspondiéndole 15 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
6) PRENDA SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: correspondiéndole 6 días a razón de Bs.30.000 diarios, lo que da un total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000).
7) UTILES ESCOLARES correspondiéndole 20 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.314.260)
La cantidad obtenida como cálculo por los conceptos antes descritos asciende a la cantidad de TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.3.042.222), menos los anticipos dados al trabajador por la cantidad de
UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.1.667.222) para un total adeudado por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.375.000)
IV) JULIO CESAR PARRA:
1) ANTIGÜEDAD: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 45 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES (Bs.848.502).
2) VACACIONES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 28,98 días a razón de Bs.15.712 diarios, lo que da un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.455.362,74).
3) UTILIDADES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 40,98 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.772.702,48).
4) PREAVISO: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 15 días a razón de Bs.15.713 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
5) BONO DE ASISTENCIA: correspondiéndole 15 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
6) PRENDA SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: correspondiéndole 6 días a razón de Bs.30.000 diarios, lo que da un total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000).
7) UTILES ESCOLARES correspondiéndole 20 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.314.260)
La cantidad obtenida como cálculo por los conceptos antes descritos asciende a la cantidad de TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.3.042.222), menos los anticipos dados al trabajador por la cantidad de
UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.1.667.222) para un total adeudado por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.375.000)
V) JESUS LEON:
1) ANTIGÜEDAD: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 45 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES (Bs.848.502).
2) VACACIONES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 28,98 días a razón de Bs.15.712 diarios, lo que da un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.455.362,74).
3) UTILIDADES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 40,98 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.772.702,48).
4) PREAVISO: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 15 días a razón de Bs.15.713 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
5) BONO DE ASISTENCIA: correspondiéndole 15 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
6) PRENDA SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: correspondiéndole 6 días a razón de Bs.30.000 diarios, lo que da un total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000).
7) UTILES ESCOLARES correspondiéndole 20 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.314.260)
La cantidad obtenida como cálculo por los conceptos antes descritos asciende a la cantidad de TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.3.042.222), menos los anticipos dados al trabajador por la cantidad de
UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.1.667.222) para un total adeudado por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.375.000)
VI) JOSE MARTÍN MORA MEDINA:
1) ANTIGÜEDAD: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 45 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES (Bs.848.502).
2) VACACIONES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 28,98 días a razón de Bs.15.712 diarios, lo que da un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.455.362,74).
3) UTILIDADES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 40,98 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.772.702,48).
4) PREAVISO: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 15 días a razón de Bs.15.713 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
5) BONO DE ASISTENCIA: correspondiéndole 15 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
6) PRENDA SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: correspondiéndole 6 días a razón de Bs.30.000 diarios, lo que da un total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000).
7) UTILES ESCOLARES correspondiéndole 20 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.314.260)
La cantidad obtenida como cálculo por los conceptos antes descritos asciende a la cantidad de TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.3.042.222), menos los anticipos dados al trabajador por la cantidad de
UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.1.667.222) para un total adeudado por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.375.000)
VII) ELEUTERIO GUILLÉN CHACON:
1) ANTIGÜEDAD: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 45 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES (Bs.848.502).
2) VACACIONES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 28,98 días a razón de Bs.15.712 diarios, lo que da un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.455.362,74).
3) UTILIDADES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 40,98 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.772.702,48).
4) PREAVISO: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 15 días a razón de Bs.15.713 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
5) BONO DE ASISTENCIA: correspondiéndole 15 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
6) PRENDA SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: correspondiéndole 6 días a razón de Bs.30.000 diarios, lo que da un total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000).
7) UTILES ESCOLARES correspondiéndole 20 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.314.260)
La cantidad obtenida como cálculo por los conceptos antes descritos asciende a la cantidad de TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.3.042.222), menos los anticipos dados al trabajador por la cantidad de
UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.1.667.222) para un total adeudado por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.375.000)
VIII) LUIS ELADIO PERNIA LABRADOR:
1) ANTIGÜEDAD: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 45 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES (Bs.848.502).
2) VACACIONES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 28,98 días a razón de Bs.15.712 diarios, lo que da un total de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.455.362,74).
3) UTILIDADES FRACCIONADAS: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 40,98 días a razón de Bs.18.855,60 diarios, lo que da un total de SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.772.702,48).
4) PREAVISO: Desde el 17-052004 hasta 07-11-2004, correspondiéndole 15 días a razón de Bs.15.713 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
5) BONO DE ASISTENCIA: correspondiéndole 15 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.235.695).
6) PRENDA SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN: correspondiéndole 6 días a razón de Bs.30.000 diarios, lo que da un total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000).
7) UTILES ESCOLARES correspondiéndole 20 días a razón de Bs.1.573 diarios, lo que da un total de TRESCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.314.260)
La cantidad obtenida como cálculo por los conceptos antes descritos asciende a la cantidad de TRES MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.3.042.222), menos los anticipos dados al trabajador por la cantidad de
UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES (Bs.1.667.222) para un total adeudado por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.375.000)
Lo que da un total adeudado a todos los trabajadores de ONCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.11.000.000), los cuales serrán cancelados de la siguiente manera: La cantidad de SEIS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.6.000.000) pagaderos el 30 de Mayo de 2005 y la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.5.000.000) EL 01 Agosto de 2005. Con lo cual las partes ponen fin a la presente controversia y por cuanto la mediación ha sido positiva y el pago aquí efectuado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal da por terminado el proceso, y HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. No se ordena el archivo de la presente causa hasta que no conste en autos la cancelación de la suma acordada. Con respecto a el trabajador RENSO KHANKLI ROMERO desistió de la demanda y cuyo desistimiento fue aceptado por la empresa CONSTRUCCIONES RAMA 2004 C.A., en la persona del ciudadano RAUL DAZA CHACON, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.078.432, tal como consta en documento autenticado ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 22 de Abril de 2005 anotado bajo el Nro.04, tomo 55, por lo cual el tribunal homologa igualmente tal desistimiento. Por cuanto el ciudadano NELSON ALEXIS SALAZAR GUERRERO, no asistió ni por si, ni por medio de apoderado alguno se considera desistido el presente procedimiento con respecto al mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ EL SECRETARIO
BEATRIZ GONZALEZ GIRALDO Miguel Ángel Colmenares
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