JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL., MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, 16 de mayo de 2005.

Por recibido, constante de 37 folios útiles, désele entrada en los libros respectivos, fórmese expediente inventaríese, háganse las anotaciones estadísticas y el curso de ley. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud. Vistos los recaudos que acompañan a la misma, consistente en: A.- Justificativo de Testigos, evacuado por ante el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de donde declaran los ciudadanos JESUS GABRIEL RIAÑO GUALDRON, NEVIEL ANTONIO ROSALES ALETA Y WILLIAN MARCELO CAMPOS PIMENTEL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos V-14.180.097, V-10.744.723 y V-7.137.271, domiciliados en el Municipio Fernández Feo del Estado Tàchira y civilmente hábiles (f. 7 al 10; 30 y 31)
B.- Copias fotostáticas simples de los siguientes documentos:
-PRIMERO: Certificado de Registro de Vehículo, Nº AJF15C26797-4-1, de fecha 20 de mayo de 2004, a nombre de PABLO GABINO AGUILAR RAMIREZ, titular de la cèdula de identidad Nº V-13.491.333, del siguiente vehículo SERIAL DE CARROCERIA AJF15C26797, MARCA: Ford; SERIAL DEL MOTOR: 6CYL; MODELO F150; PLACAS: 551-SAD; AÑO: 1982, COLOR: Gris y Negro; CLASE: Camioneta; TIPO: dic-up; USO: Carga; Nº DE PUESTOS: 0; Nº DE EJES: 0; TARA: 2500; CAP. CARGA: 750 Kls.
- SEGUNDO: Documento autenticado ante la Notaría Pública del Piñal, de fecha 13 de junio de 2001, anotado bajo el Nº 36, tomo: 03, folios 73-74 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría, en donde RAMON FLORENCIO DURAN JAIME, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cèdula de identidad Nº V-10.162.736, da en venta al ciudadano PABLO GABINO AGUILAR RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-13.491.333, un vehículo de su propiedad con las siguientes características: SERIAL DE CARROCERIA AJF15C26797, MARCA: Ford; SERIAL DEL MOTOR: 6CYL; MODELO F150; AÑO: 1982, COLOR: antes Gris y Negro, ahora Oro Claro y Marrón; CLASE: Camioneta; TIPO: Pick-up; USO: Carga; Nº DE PUESTOS: 0; Nº DE EJES: 0; TARA: 2500; CAP. CARGA: 750 Kls, a quien le correspondía el Título de Propiedad de Vehículos Automotores Nº AJF15C26797-3-1, emanado de la Dirección Sectorial de Transporte y Tránsito Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, de fecha 16 de septiembre de 1991, y el cual le pertenecía según documento debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Quinta de San Cristòbal Estado Tàchira, anotado bajo el Nº 51, tomo: 29, folios: 133-134, de fecha 13 de julio de 1999, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría.(f.13)
TERCERO: Acta de Revisión, Nº C-003-0382, expedida por el Ministerio de Infraestructura. Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito y Terrestre, Dirección de Vigilancia, de fecha 26 de septiembre de 2003, en donde el ciudadano PABLO GABINO AGUILAR RAMIREZ manifiesta: Haberle efectuado revisión para efectos de cambio de color, anterior: Gris y Negro; actual: Oro y Marrón, y trámite de traspaso ante el I.N.T.T.T. (f. 15)
CUARTO: Documento Autenticado ante la Notaría Pública Quinta de San Cristòbal del Estado Tàchira, en donde FIAMOG SERVICIOS TECNICOS S.R.L, representada por su apoderado el ciudadano JUAN LARES MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-4.912.149, da en venta pura y simple real y efectiva para el ciudadano RAMON FLORENCIO DURAN JAIME, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cèdula de identidad Nº V-10.162.736 y hábil, un vehículo con las siguientes características: SERIAL DE CARROCERIA AJF15C26797, MARCA: Ford; SERIAL DEL MOTOR: 6CYL; MODELO F150; AÑO: 1982, COLOR: Gris y Negro; CLASE: Camioneta; TIPO: Pick-up; USO: Carga; CAP. CARGA, a quien le correspondía el Título de Propiedad de Vehículos Automotores Nº AJF15C26797-3-1, emanado de la Dirección Sectorial de Transporte y Tránsito Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, de fecha 16 de septiembre de 1991.(f. 16 y 17)
QUINTO: Titulo de Propiedad de Vehículos Automotores Nº AJF15C26797-3-1, emanado de la Dirección Sectorial de Transporte y Tránsito Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, de fecha 16 de septiembre de 1991, a nombre de FIAMOG SERVICIOS TECNICOS SRL, sobre un vehículo con las siguientes características: SERIAL DE CARROCERIA AJF15C26797, MARCA: Ford; SERIAL DEL MOTOR: 6CYL; MODELO F150; AÑO: 1982, COLOR: Gris y Negro; CLASE: Camioneta; TIPO: Pick-up; USO: Carga.( f. 18)
SEXTO: Factura de Servi Camiones “CAMPOS” Nº 00452, de fecha 10 de mayo de 1999, a nombre del ciudadano PABLO AGUILAR, por la Reparación de Latonería y Pintura, cambio de color de Gris y Negro ahora oro claro y marrón, de una camioneta Ford F-150, placas 551-SAD, serial de carrocería AJF15C26797.(f.22)
SEPTIMO: Registro de Comercio, de SERVI CAMIONES CAMPOS, el cual se encuentra registrado ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Tàchira, anotado bajo el Nº 79, tomo: 6B, de fecha 27 de abril de 2000. (f. 23 al 25)
OCTAVO: Documento original, autenticado ante la Notaría Pública del Piñal, de fecha 13 de junio de 2001, anotado bajo el Nº 36, tomo: 03, folios 73-74 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría, en donde RAMON FLORENCIO GABINO AGUILAR RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cèdula de identidad Nº V-10.162.736, da en venta al ciudadano PABLO GABINO AGUILAR RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-13.491.333, un vehículo de su propiedad con las siguientes características: SERIAL DE CARROCERIA AJF15C26797, MARCA: Ford; SERIAL DEL MOTOR: 6CYL; MODELO F150; AÑO: 1982, COLOR: antes Gris y Negro, ahora Oro Claro y Marrón; CLASE: Camioneta; TIPO: dic-up; USO: Carga; Nº DE PUESTOS: 0; Nº DE EJES: 0; TARA: 2500; CAP. CARGA: 750 Kls, a quien le correspondía el Título de Propiedad de Vehículos Automotores Nº AJF15C26797-3-1, emanado de la Dirección Sectorial de Transporte y Tránsito Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, de fecha 16 de septiembre de 1991, y el cual le pertenecía según documento debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Quinta de San Cristòbal Estado Tàchira, anotado bajo el Nº 51, tomo: 29, folios: 133-134, de fecha 13 de julio de 1999, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría.(f. 32)
NOVENO: Factura original de Servi Camiones “CAMPOS” Nº 00452, de fecha 10 de mayo de 1999, a nombre del ciudadano PABLO AGUILAR, por la Reparación de Latonería y Pintura, cambio de color de Gris y Negro a oro claro y marrón, de una camioneta Ford F-150, placas 551-SAD, serial de carrocería AJF15C26797.(f.34)
DECIMO: Certificado Original de Registro de Vehículo, Nº AJF15C26797-4-1, de fecha 20 de mayo de 2004, a nombre de PABLO GABINO AGUILAR RAMIREZ, titular de la cèdula de identidad Nº V-13.491.333, del siguiente vehículo SERIAL DE CARROCERIA AJF15C26797, MARCA: Ford; SERIAL DEL MOTOR: 6CYL; MODELO F150; PLACAS: 551-SAD; AÑO: 1982, COLOR: Gris y Negro; CLASE: Camioneta; TIPO: dic-up; USO: Carga; Nº DE PUESTOS: 0; Nº DE EJES: 0; TARA: 2500; CAP. CARGA: 750 Kls.(f.36)
Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, los declara suficientes para asegurarle al ciudadano PABLO GABINO AGUILAR RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 13.491.333, civilmente hábil su derecho de propiedad sobre el siguiente vehículo SERIAL DE CARROCERIA AJF15C26797, MARCA: Ford; SERIAL DEL MOTOR: 6CYL; MODELO F150; PLACAS: 551-SAD; AÑO: 1982, COLOR: antes Gris y Negro, ahora Oro Claro y Marrón; CLASE: Camioneta; TIPO: dic-up; USO: Carga; Nº DE PUESTOS: 0; Nº DE EJES: 0; TARA: 2500; CAP. CARGA: 750 Kls
Conforme a lo dispuesto por el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvanse originales de estas actuaciones al solicitante y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.


Dr. Carlos Martín Galvis Hernández
Juez Provisorio

Abog. Margiore Rojas Alarcón
Secretaria
Sol 1414