REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIONES
San Cristóbal, 12 de mayo de 2005
195º y 146º
Juez Ponente: JAIRO OROZCO CORREA
Visto el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano VICTOR JAIME LOPERA ORTIZ, con el carácter de víctima en la presente causa, contra la decisión dictada el 14 de marzo de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 9, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de desestimación de la investigación interpuesta por el Fiscal de Ministerio Público, al estimar que el hecho objeto de la investigación podría constituir el delito de apropiación indebida simple, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, para cuyo enjuiciamiento requiere instancia de parte, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal; por cuanto su interposición se hizo ante el Tribunal que dictó el fallo en el término establecido en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes a la de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 450 del mencionado Código Orgánico.
Los Jueces de la Corte,
JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente
JAIRO OROZCO CORREA JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS
Ponente
WILLIAM JOSE GUERRERO SANTANDER
Secretario
Aa-2252/JOC/mq