REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, jueves diez de marzo de dos mil cinco, siendo las 7:30 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario, junto con el Abogado en ejercicio OSCAR ALBERTO TORRES LOZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.147, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadano JOSÉ ROBINSON PAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.500.851 è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Calle 4, con carrera 6 de Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES-INTIMACIÓN se sigue contra el ciudadano JORGE ROSAS, en el expediente Nº 2.963-2004 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario OSCAR RIAÑO, placa 2021. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Solicito muy respetuosamente a este Tribunal se abstenga de la practica de la medida de Embargo Preventivo, en virtud de que mi poderdante me aviso que la parte demandada ya no se encuentra dentro del inmueble y desconoce su ubicación. Igualmente solicito se fije nueva oportunidad, a los fines de llevar a efecto la presente ejecución, es todo”. El Tribunal visto el pedimento realizado por la parte actora acuerda en conformidad lo solicitado, y ordena mantener la presente comisión en este Despacho. Es todo. No siendo mas concluye el acto a las 8:20 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,


ABG. OSCAR ALBERTO TORRES LOZANO



EL FUNCIONARIO,


OSCAR RIAÑO


LA SECRETARIA,


HAYDEE SOCORRO MORENO.