REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.-La Grita, 14 de Marzo del dos Mil Cinco.
194º y 145º.-
Visto el Convenimiento efectuado en esta misma fecha entre el Ciudadano: AYALA AGUILAR DOMINGO ALFREDO, y la aceptación de la ciudadana: LABRADOR BECERRA RITA ROSA, con el carácter de padres de las niñas: VIVIANA ANDREINA y FABIOLA ALEJANDRA, este Tribunal Homologa el presente acuerdo y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- Cúmplase con la obligación asumida tal como fue aceptada. Ofíciese lo conducente a la Gerente de BANFOANDES, a los fines de la apertura de la respectiva Cuenta de Ahorros.
EL JUEZ,
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Dr. EDIXON ELBERTO OLANO JAIMES
LA SECRETARIA TEMPORAL,
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Abg. MARÍA A. ALTUVE
En la misma fecha se hizo lo acordado con oficio Nº 3160-130, a BANFOANDES
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LA SECRETARIA
EEOJ/dalia.-
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