REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
San Cristóbal, 11 de marzo de 2005
194º y 146º
JUEZ PONENTE: JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS
Visto el recurso de apelación interpuesto por el abogado Freddy Gilberto Chacón Silva, defensor del ciudadano JOSE LUCAS DIAZ RUEDA, contra la decisión dictada en fecha 19 de enero de 2005 por la abogada Isolina Jáuregui Velasco, Juez de Primera Instancia Temporal en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la solicitud de libertad condicional por medida humanitaria. Y por cuanto dicho recurso fue interpuesto en el término establecido en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, pues dicho fallo fue dictado el 19-01-2005, notificado el 17 de febrero de 2005 y, el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 del mismo mes y año, de donde se infiere que su interposición se hizo dentro del lapso legal, esta Corte de Apelaciones, ADMITE dicho recurso y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy.
Los Jueces de la Corte
JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente
JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS JAIRO OROZCO CORREA
Ponente Juez
WILLIAM GUERRERO SANTANDER
Secretario
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
William Guerrero Santander
Secretario
Exp.Nº 1-Aa-2146-05/Neyda.-