REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE
EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Cristóbal, 28 de Junio de 2005.-
195º y 146º

En la presente causa se observa que el penado, URQUIOLA HECTOR DE JESUS, se encuentra cumpliendo régimen bajo el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, este Tribunal acordó a su favor por decisión de fecha: 10/05/2000, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 20,53 y 56 del Código Penal, y cuya fecha de terminación se estableció para el día: 10/05/2005, igualmente se aprecia que el referido penado se ha mantenido efectivamente en la ejecución de su pena bajo la supervisión de este Tribunal, y en virtud del tiempo transcurrido hasta la presente fecha se acredita el cumplimiento total del régimen bajo el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena
En consecuencia, procede declararse el cumplimiento total de la condena impuesta, así como la extinción de la responsabilidad criminal y la libertad plena de penado, y así se decide:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:

UNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL REGIMEN, impuesto al ciudadano: URQUIOLA HECTOR DE JESUS, por el delito de: TRASPORTE DE ESTUPEFACIENTES, FORJAMIENTO DE DOCUMENTO Y OCULTAMIENTO DE ESTUPEFACIENTES, y en consecuencia se decreta LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tal hecho punible, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal. Se notifica a las partes.-
Cúmplase.


ABG. MARCOS RAUL CASTILLO VELANDIA
JUEZ CUARTO DE EJECUCIÓN



ABG. JOSE MANUEL SANDOVAL LABRADOR
SECRETARIO

Exp. E4-359/00
MRCV/JM.-