REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
Nº 8

San Cristóbal, 02 de Junio del año 2005.
195º y 146º.
8C-6179/2005.
Ref. ACTA DE VERIFICACION DE DROGA .
En San Cristóbal, Estando Táchira en horas de audiencia del día de hoy dos (02) de Junio del año 2005, siendo las cinco horas de la tarde (05:00 p.m.), se traslado y constituyó el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, con la presencia del suscrito Juez Jorge Ochoa Arroyave y la Secretaria Abg. Elda Romayba Vielma, en la Sede del Laboratorio del Comando Regional Nº1 de la Guardia Nacional de Venezuela, a fin de a los fines de dejar constancia con el auxilio de experto La cantidad, peso y tipo de envoltura de la droga incautada al ciudadano HECTOR ALFONSO CHACÓN RODRIGUEZ y dejar constancia de cualquier otra circunstancia relacionada con la droga. Por último extraer de las envolturas la cantidad necesaria para realizar la “`prueba de certeza” y hacer efectiva la destrucción de la droga. Presente el ciuadadano Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio abogado DOMINGO ALFREDO HRNANDEZ, estando presente el imputado HECTOR ALFONSO CHACON RODRIGUEZ, y su abogado defensor EDGAR ALFONSO CHACON SALDUA, asimismo presente el experto Técnico Superior Universitario en Química, adscrito al Laboratorio del Comando Regional Nº 1 de la Guardia Nacional JORGE SALCEDO. Seguidamente el Tribunal a fin de dar inicio al acto de Verificación de Droga, deja constancia que fue presentado al Tribunal una una bolsa de material sintetico transparente precintada con el el sello plástico Nº 837813, contentiva de una (01) caja elaborada en cartón, de color marrón, retirado el preciento de seguridad, se extrajo la caja y se observo que esta contenia a su vez de seis adornos de cocina y dos libros, seguidamente se procedió a retirar las tapas y se examinaron los cuatro laterales de la caja de cartón visualizandose una sustancia de color beige de consistencia de compacta, homogénea de olor fuerte y penetrante adherida en sus paredes internas, tomando el experto una muestra que luego de someterlo al reactivo de Scott, dio una coloración azul y resultó positivo para Clorhidrato de Cocaina. El Experto procede a pesar las cuatro tapas laterales, dando como resultado UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS GRAMOS CON CINCO MILIGRAMOS (1.682,5 Grs.), como peso bruto. El Tribunal, le pregunta al Ministerio Público y al Experto la cantidad de Droga necesaria para realizar la prueba de extracción y certeza, manifestando que son necesarios VEINTIDOS (22) gramos con OCHO (08) miligramos. Por último, se deja constancia que el peso bruto de la droga a destruir es UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE GRAMOS CON SIETE MILIGRAMOS (1.659,7Grs.), introduciendose los cartones, los adornos y los libros en una bolsa plástica, la cual quedó precintada con el nuevo sello plástico de seguridad Nº 837244, y se utilizó la precintadora Nº E30006, que será depositada en la Sala de Evidencias del Destacamento de Fronteras Nº 11, de la Guardia Nacional de Venezuela, ubicado en San Antonio del Táchira, hasta su definitiva destrucción.. Asimismo, se deja constancia de que la muestra para realizar la experticia, se introdujo en una bolsa de plástico de color blanco, con el emblema de la Guardia Nacional de Venezuela, y quedó precintada bajo el Nº 837243, siendo entregada esta última al Fiscal del Ministerio Público, quien la consignará en el Laboratorio Regional Nº 1, para su analisis. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las seis de la tarde (06:00 p.m.). Se observaron las formalidades legales.


JORGE OCHOA ARROYAVE
Juez,



DOMINGO ALFREDO HERNANDEZ
Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público



JORGE SALCEDO
Experto,



HECTOR ALFONSO CHACÓN RODRIGUEZ
Imputado



EDGAR ALFONSO CHACON SALDUA
Defensor


ELDA ROMAYBA VIELMA
Secretaria,