REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2005-000248
PARTE ACTORA: LEONEL VELASCO BARRETO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PEREZ ROA CARLOS HUMBERTO, TRAVIESO MORALES ERICH y ROSARIO GOMEZ JAVIER ANTONIO
PARTE DEMANDADA: ANTONIO ONORATO VERRILLI, SERVICIOS Y VIGILANCIA CONCOR S.A. (SERVICONCOR S.A.), TENERÍA RUBIO C.A y MATADERO INDUSTRIAL LOS ANDES C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS ALI ORTIZ MOLINA y LISBETH PALLOTTINI
MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO

Hoy, tres de junio de dos mil cinco, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron los Ciudadanos CARLOS HUMBERTO PÉREZ ROA, JAVIER ANTONIO ROSARIO GÓMEZ y ERICH TRAVIESO MORALES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 25.760, 48.905 y 73.568, con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandante, carácter que consta en autos y JESUS ALÍ ORTIZ MOLINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 10.990, en su condición de Gerente de la Empresa SERVICIOS Y VIGILANCIA CONCOR S.A, (SERVICONCOR S.A) y de apoderado judicial de las empresas TENERÍA RUBIO C.A y MATADERO INDUSTRIAL LOS ANDES C.A, carácter que consta en autos, en su condición de parte demandada, dejándose expresa constancia de la no comparecencia a esta audiencia, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno del Ciudadano ANTONIO ONORATO VERRILLI, también parte demandada en este asunto, dándose así inicio a la audiencia. Este Tribunal deja constancia que, no obstante, la Juez personalmente trató de mediar y conciliar las posiciones de las partes y que las prenombradas comparecieron a la Audiencia Preliminar, fue imposible lograr la mediación, por lo que de conformidad con el Artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se da por concluida la Audiencia Preliminar. En este estado la Juez propone a las partes el uso de la vía del arbitraje, no siendo acogida por éstas, por lo que se procedió en este mismo acto a ordenar la incorporación de las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio: De la parte demandante, escrito de promoción de pruebas constante de dos (02) folios útiles y sus anexos constantes de treinta (30) folios útiles y de la parte demandada, las empresas SERVICIOS Y VIGILANCIA CONCOR S.A, (SERVICONCOR S.A), TENERÍA RUBIO C.A y MATADERO INDUSTRIAL LOS ANDES C.A, escrito de promoción de pruebas constante de dos (02) folios útiles y sus anexos constantes de seis (06) folios útiles. En consecuencia, de conformidad con el artículo 136 ejusdem, una vez concluido el lapso para que la parte demandada de contestación a la demanda, se procederá a remitir la presente causa al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Así se decide.
La Jueza,

El Secretario
Abog. Liliana Duque Rosales


Abog. Miguel Colmenares Chacón
Los Presentes

Parte Demandante,


Carlos Pérez Roa Javier Rosario Gómez


Erich Travieso Morales

Parte Demandada,


Jesús Alí Molina Ortiz