GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, VEINTINUEVE DE JUNIO DE DOS MIL CINCO.
195º y 146º
Vista la diligencia de fecha nueve (09) de Junio de 2005, suscrita por el apoderado de la parte actora en el presente juicio en la que ratifica la diligencia inserta al vuelto del folio cuarenta y nueve (49), suscrita por la ciudadana FRANCY HELENA FLÓREZ PALLARES DE CELIS, con el carácter de parte actora, debidamente asistida del abogado JORGE ORLANDO CHACÓN CHÁVEZ, en su carácter de apoderado de la parte demandante, por una parte y por la otra el ciudadano LUIS PARMENIO CELIS CUY, en su condición de parte demandada, asistido del abogado JOSÉ GALINDO GONZÁLEZ G., venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-2.456.360, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.063, de este domicilio, la cual contiene Desistimiento de la demanda y el demandado se da por citado y conviene tanto en la demanda como en el desistimiento, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Y por cuanto en las diligencias insertas a los folios cuarenta y nueve (49) vuelto y cincuenta y tres (53) la parte demandante solicito el Levantamiento de las medidas de: Prohibición de Enajenar y Gravar; Embargo y Secuestro decretadas por este Tribunal en fecha 27 de septiembre de 1991, se levantan las mismas y se acuerda oficiar lo conducente al Registrador Subalterno Jurisdiccional.
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA

En la misma fecha se libró oficio bajo el Nº 0860-884


IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA

mdv