REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 26 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2004-000342
ASUNTO : SP11-P-2004-000342

RESOLUCION JUDICIAL REVISION DE MEDIDA

Visto el escrito de solicitud de revisión de media invocado por el ciudadano defensor Abg. JUAN ALEJANDRO VAZQUEZ COLMENARES, a favor de su defendido ciudadano JAVIER AMAURE GARCÍA ZAMBRANO, (folio 64), y en donde presenta constancia de trabajo en Preacero Pellizari C.A., de fecha 11 de Julio de 2005 y en la cual no informa su horario de trabajo, este Juzgador, antes de decidir hace las siguientes consideraciones:
“Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control numero Uno del Circuito Judicial Penal Extensión San Antonio del Táchira en fecha 28 de Octubre de 2004, dictó sentencia en Audiencia de flagrancia y entre otras estableció:
“omissis…, DECIDE: PRIMERO: considera que se encuentran llenos los extremos de ley exigidos por el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal para calificar flagrante la aprehensión del ciudadano: JAVIER AMAURE GARCIA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, natural de Táriba Estado Táchira, titular de la cedula de identidad numero 9.225.650, residenciado en la calle 02, casa Q-36, cerca de la prefectura, parte alta de Gallardín, sector palo gordo, en las circunstancias de la flagrancia y en las comisión flagrante del delito que el Ministerio Publico ha Precalificado como ALTERACION ILICITA DE SERIALES tipificado en el articulo 8 de la Ley sobre Hurto y Robo de vehículos,…omissis, TERCERO: Otorga al ciudadano JAVIER AMAURE GARCIA, Medida Cautelar prevista en el articulo 256 de Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 3° y 8°, presentaciones cada 15 días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y la presentación de 02 fiadores de 150 unidades tributarias cada uno”.
De lo anterior se deduce, que debe ser necesario cambiar el régimen de presentaciones al cual esta obligado y estableceserle uno en donde pueda cumplir debido a que el mencionado imputado vive y trabaja en la Jurisdicción de San Cristóbal y Así se decide.
En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA :
UNICO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud hecha por el ciudadano defensor JUAN ALEJANDRO VÁZQUEZ COLMENARES, a favor de su defendido ciudadano JAVIER AMAURE GARCÍA ZAMBRANO, plenamente identificado en actas, para sustituirle el régimen de presentaciones establecidos en la Audiencia de fecha 28 de Octubre del 2004 y asignarle uno de fiel cumplimiento, establecido en: las presentaciones por ante la oficina de Alguacilazgo con sede en el Palacio de Justicia de San Cristóbal, una vez al mes, contado a partir del mes de Agosto del 2005, en horario comprendido desde las 8.30 a.m. hasta las 3.30 p.m. de lunes a viernes, dejando intactas las otras condiciones establecidas en la audiencia mencionada. Notifíquese a las partes. Notifíquese a la sede del Alguacilazgo en el Palacio de Justicia de San Cristóbal de la presente decisión.
Regístrese, publíquese y déjese copia, desvuélvase las actuaciones a la Fiscalía.



Abg. LUIS JULIO GUTIÉRREZ
JUEZ PRIMERO DE CONTROL





EL SECRETARIO
Abg. Héctor Eduardo Ochoa Hernández