REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 13 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-001317
ASUNTO : SP11-P-2005-001317


RESOLUCION PARA ENTREGA DE VEHÍCULO
Visto el escrito presentado por el ciudadano abogado defensor Privado TRINO JOSÉ MARQUEZ, en donde solicita la entrega de un vehículo de la empresa BUSVEN, con las siguientes características: AUTOBUS EXTRAURBANO, MARCA: MERCEDES BENZ, MODELO: OH-1636, AÑO: 2004, CARROCERÍA: MARCOPOLO, MODELO: ANDARE 1000; SERIAL MOTOR: 47697850769811; SERIAL CARROCERÍA: 9BM3820854B362369 COLOR: BLANCO Y MULTICOLOR; USO: TRANSPORTE PÚBLICO.
Para decidir observa quien Sentencia que el vehículo retenido pertenece a una empresa Privada de transporte público denominada BUSVEN C.A., sociedad identificada con el N° de RIF. 30492099-7. Para evitar una lesión patrimonial que se le pueda hacer a la referida empresa y el delito inflingido es imputable al conductor de la unidad necesario es hacer la devolución del vehículo utilizado en la comisión del delito imputado por la representación Fiscal a su dueño, quien es la empresa mencionada y ASI SE DECIDE.
En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud hecha por el defensor TRINO JOSÉ MARQUEZ, en donde solicita la entrega de un vehículo de la empresa BUSVEN.
SEGUNDO: SE ORDENA la entrega del VEHICULO al representante legal de la empresa BUSVEN C.A. de las siguientes características: AUTOBUS EXTRAURBANO, MARCA: MERCEDES BENZ, MODELO: OH-1636, AÑO: 2004, CARROCERÍA: MARCOPOLO, MODELO: ANDARE 1000; SERIAL MOTOR: 47697850769811; SERIAL CARROCERÍA: 9BM3820854B362369 COLOR: BLANCO Y MULTICOLOR; USO: TRANSPORTE PÚBLICO.
TERCERO: se ordena el desglosé de la documentación presentada y en su lugar déjese copias certificadas. Una vez elaborados los oficios respectivos y la devolución de la documentación presentada, devolver el expediente a la Fiscalía 26 del Ministerio Público. Regístrese, publíquese y déjese copia para el Archivo del Tribunal.



Abg. Luis Julio Gutiérrez
El Juez Primero de Control



Héctor Ochoa
El Secretario