Vistas las actuaciones de la presente causa seguida al penado FLORES ORTEGA RICHARD SMITH, suficientemente identificado en autos, este Tribunal para decidir observa:
1-. Consta a los folios 186 al 191 decisión dictada por el extinguido Tribunal Tercero en Función de Penas y Medidas de Seguridad, en fecha 23-04-2004, en la cual se le concede el beneficio CONFINAMIENTO al penado FLORES ORTEGA RICHARD SMITH, por el lapso que resta de la pena esto es por DOS (2) AÑOS Y VEINTINUEVE (29) DÍAS contados a partir de esa fecha. Es de hacer constar que dicho penado se encuentra sentenciado a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN por el delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
2-. Consta al folio 19 que la sentencia condenatoria impuesta quedo firme en fecha 08-10-2001.
3-. Consta al folio 205 oficio de fecha 17-05-2005 procedente de la Prefectura del Municipio Naguanagua, Valencia, Estado Carabobo, en el cual informa a esta Tribunal que el penado FLORES ORTEGA RICHARD SMITH hizo su régimen de presentación el día 29-03-2004 y luego se presentó el día 18-04-05 y desde el 17-05-2005, no volvió a presentarse, teniendo como fecha de finalización de su régimen de presentaciones el 22-05-2006.
Verificado que la pena impuesta al penado FLORES ORTEGA RICHARD SMITH no ha prescrito en razón de que el tiempo de prescripción aplicable es el de DIEZ (10) AÑOS contado a partir de la fecha en que quedó firme la sentencia y por cuanto se observa que el mencionado penado ha incumplido con las condiciones impuestas al momento de otorgársele el beneficio de CONFINAMIENTO, se hace procedente REVOCAR dicho beneficio y ordenar la aprehensión para que puesto a disposición de este Tribunal cumpla con la pena impuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Número Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA el CONFINAMIENTO al penado FLORES ORTEGA RICHARD SMITH, suficientemente identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Líbrese orden de aprehensión a los organismos de seguridad. Ofíciese a la Prefectura del Municipio de NAGUANAGUA, Estado Carabobo. Cúmplase.
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