JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, veinticinco de julio de dos mil cinco.
195° y 146°
Asumidas como han sido las funciones de quien suscribe, como Jueza temporal de este Juzgado, ME AVOCO al conocimiento de la presente causa, y en base al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 257 ejusdem, se continúa el proceso en el estado en que se encuentra. En tal virtud vistas las actas procesales que conforman el presente expediente N° 3377, contentivo del juicio de EXTENSIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por la abogada MAGLYS BEATRIZ FERRER, actuando en nombre y representación de MANUEL ARIAS ESTEVEZ, contra MANUEL FONTENLA ESCARIZ, titular de la cédula de identidad No. V-5.205.891,; de las cuales se desprende, que en la diligencia de fecha 17/01/1995 (F.18), en virtud de haber llegado a un acuerdo, la parte actora desiste del procedimiento y de la acción y la parte demandada conviene en el mismo; en tal sentido este tribunal a tenor de lo pautado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte SU HOMOLOGACIÓN al desistimiento efectuado, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. En consecuencia se acuerda:
 Dar por terminado el juicio y se acuerda el archivo del expediente.
Déjese copia certificada e esta decisión para el archivo del Tribunal.
La Jueza Temp.,


Abg. Nelitza N. Casique Mora
La Secretaria,


Cruz Marina Díaz García
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia para el archivo del Tribunal bajo el N° 447.
Nancy