JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, veinte de julio de dos mil cinco.
195° y 146°
Asumidas como han sido las funciones de quien suscribe, como Jueza temporal de este Juzgado, ME AVOCO al conocimiento de la presente causa, y en base al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 257 ejusdem, se continúa el proceso en el estado en que se encuentra. En tal virtud vistas las actas procesales que conforman el presente expediente N° 2949, contentivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES POR ACCIDENTE DE TRANSITO, seguido por el ciudadano LEONEL ARTURO MEDINA ROSALES, asistido de los abogados PEDRO ANTONIO REY, JESUS REAÑO y ANA KARINA CASANOVA, contra FRANCISCO ANTONIO MENDEZ y CARLOS ALEXIS MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.446.149 y V-3.312.315, y a la empresa SEGUROS CARACAS; de las cuales se desprende, que en la diligencia de fecha 05/031997, estampada por la abogada ANA KARINA CASANOVA, desiste de la acción intentada y solicita se de por terminado el juicio y se ordene el archivo del expediente; en tal sentido este tribunal a tenor de lo pautado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte SU HOMOLOGACIÓN al desistimiento efectuado por la coapoderada actora, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. En consecuencia se acuerda:
 Dar por terminado el juicio y ordenar el archivo del expediente.
Déjese copia certificada e esta decisión para el archivo del Tribunal.
La Jueza Temp.,


Abg. Nelitza N. Casique Mora
La Secretaria,


Cruz Marina Díaz García
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia para el archivo del Tribunal bajo el N° 384.
Nancy