REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cuatro de Julio de dos mil cinco.
195º y 146º
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano JOSÉ LEAL, asistido por la abogado BERTHA MARÍA LOMBANA SIERRA, mediante la cual desiste del presente procedimiento, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR EL DESISTIMIENTO realizado, en razón de que el mismo no es contrario al derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Se acuerda el desglose de los documentos originales que fueron presentados con el libelo de demanda, corrientes a los folios 1 al 11, dejando en su lugar copia fotostática debidamente certificada. Para la elaboración del fotostato se autoriza amplia y suficientemente al ciudadano FRANK ENRIQUE GUERRERO SANCHEZ, con cédula de Identidad N| 13.505.736 y por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminada la causa y se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,
ALBA MARINA LABRADOR