REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cuatro (04) de julio de dos mil cinco.
195º y 146º
Recibido por distribución solicitud de título supletorio, constante de dos (02) folios útiles y consignados sus recaudos, constantes de cuatro (04) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y por cuanto se observa que la presente solicitud, está referida a unas mejoras situadas en terrenos que son propiedad del antes Instituto Agrario Nacional, actualmente del Instituto Nacional de Tierras (INTI), objeto éste de naturaleza netamente agrario, este Tribunal declina el conocimiento de la presente causa en un Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, al cual le corresponde la jurisdicción por las normas procesales invocadas y por ser tales preceptos de orden público y de obligatoria aplicación independientemente al arbitrio de las partes interesadas. Así se decide.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley: DECLINA LA COMPETENCIA DE LA PRESENTE SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO incoada por la ciudadana María Victoria Gutiérrez de Alvárez, asistida por la abogada Liliana Bonilla García, en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, para que siga conociendo de la misma. Remítase el expediente al Juzgado antes mencionado.
Déjese transcurrir el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil._El Juez Temporal, (Fdo).Abg. Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. (Fdo) El Secretario, (Fdo) Abg. Guillermo Antonio Sánchez Muñoz. (Hay sello del Tribunal)._ El Suscrito, Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en el expediente civil N° 4439-2005, en la cual la ciudadana María Victoria Gutiérrez de Álvarez, asistida por la abogada Liliana Bonilla García solicita Titulo Supletorio. San Cristóbal, cuatro (04) de julio de dos mil cinco.
El Secretario,

Abg. Guillermo Antonio Sánchez Muñoz.
Eliana.