REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 01 de julio de 2005.

195º y 146º

Recibido por distribución, constante de un (01) folio útil y los recaudos constantes de tres (03) folios. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges: MARCO ANTONIO CABALLERO CASSIANI y ROSA NORAIMA DE CABALLERO, colombiano y venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrs E-82.285.775 y V-11.017.072, respectivamente, domiciliados en San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira y hábiles. Este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaria copia certificada del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifique al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostàtica certificada del escrito de solicitud y del presente auto.


Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
María Alejandra Vásquez
Secretaria Temporal
JMCZ/mr.-
Exp: 17021