REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 16 de Febrero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-S-2005-000007
ASUNTO : SP11-S-2005-000007


Por recibida la causa N° 20F25-072-2004, constante de ciento dieciséis (16) folios útiles, procedente de la Fiscalía Vigésima Sexta del Ministerio Público, désele entrada e inventario. Se deja constancia que no fue puesto a órdenes del mismo, dinero u otros bienes. Y vista la solicitud de Sobreseimiento formulada en la presente causa por la Abogada VIOLETA INFANTE BENCOMO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Octavo del Ministerio Público, con base a las atribuciones que le confiere al artículo 34 ordinal 10 de la ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con el artículo 108 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal.

Seguidamente el Juzgador para decidir observa lo siguiente

En 19-01-2004, se reciben actuaciones del Comando Regional N° 1 del Destacamento de Fronteras N° 11, Acta de investigación Penal N° 078, en la cual retienen un vehículo Marca Chevrolet , modelo, Malibu, año1979, placas SBG-367, color blanco, serial de carrocería N° 1T19MJV301295, serial de motor N° MHV216133, al ciudadano AMADOR PEREIRA MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-12462.227, que al solicitarle información a la Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas , informando que la placas pertenecían a otro vehículo.

El Ministerio Público solicita el sobreseimiento de la presente causa, motivado a que el vehículo antes referido se presumía que los ser falsos los documentos que acreditaban la titularidad del mismo y constan que en las actas que son de origen legal

Con lo que encuentra quien aquí decide, que el hecho del proceso no es típico y tiene carácter de no punibilidad, de conformidad, en consecuencia decreta el Sobreseimiento de la presente causa conforme al artículo 318 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio del Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa, seguida AMADOR PEREIRA MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-12462.227, de conformidad con el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal Así se decide.


Déjese copia de la presente decisión para el libro copiador de este Tribunal Primero de  Control.



La Juez de Control N° 1




Abg. Carme Rosa Perez




El Secretario


Abg. Héctor E Ochoa H.