REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 16 de Febrero de 2005
194º 146º

Visto el escrito, presentado por el ciudadano ENRIQUE SEGOVIA ORTEGA, en su carácter de Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de RUIZ CASTRO DAVID ALEJANDRO, por la comisión del delito todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 4º, en concordancia con el artículo 48 numeral 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesa Penal, en consecuencia, para decidir observa:

En fecha

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

1.- Al folio

Ahora bien, considera este Juzgador, que de la revisión efectuada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia especialmente de las actas de investigación penal y de las entrevistas practicadas a los funcionarios actuantes, que no existen elementos suficientes que permitan determinar la responsabilidad del funcionario Ramírez Castro Hermes, por cuanto este se encontraba en ejercicio de sus funciones, procediendo a practicar la retención del ciudadano Pedro Rafael Carvacas y su traslado a la Comandancia Policial, por cuanto el mismo no presentó ninguna documentación; y al no existir razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, lo procedente en consecuencia es decretar el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de HERMES RAMIREZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-


ABG. ELISEO JOSE PADRÓN HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


ABG. ORBEL E. MENDEZ CARRILLO
SECRETARIA

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Causa N º 2C-1517-01
Exp Nº F














































REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 16 de Febrero de 2005
194º 145º

BOLETA DE NOTIFICACION

Se hace saber a los ciudadanos ABG. YULI JEMAIVE OSORIO ANDARA y ABG. JUAN DE JESÚS GUTIERREZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Vigésimo Tercero Auxiliar y Fiscal Vigésimo Tercero del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de seguida en contra de HERMES RAMIREZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal.


Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. ELISEO JOSE PADRÓN HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


FECHA:_________________ FIRMA: ______________________HORA_____________________


PARA EL NOTIFICADO