EXPEDIENTE Nº: 27.074

MOTIVO: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

SOLICITANTE: WILMER ANTONIO LEDEZMA SILVA Y BELKYS ZULAY BORRERO GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 19.236.284 y V-14.708.774 respectivamente; domiciliados el primero en San Josesito, sector El Chaparral, calle principal casa sin numero municipio Torbes Estado Tachira y la segunda en La Hortiza, Via El Llano Parte Alta casa Nro V-6 Parroquia La Concordia Municipio San Cristóbal Estado Tachira.

ABOGADO ASISTENTE: La Defensora Publica Suplente de Protección del Niño y del Adolescente, Eyding Carolina del Valle Rojo Rivas, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-11.015.165, I.P.S.A Nro 52.837.

BENEFICIARIA: niña. YULEXY SUSANA LEDEZMA BORRERO, nacida en fecha 26 de AGOSTO de 2002, en el Hospital Central de San Cristóbal, del Estado Táchira e hija de BELKYS ZULAY BORRERO GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro.V-14.708.774.

El presente procedimiento se refiere a la solicitud de Inserción de Partida de nacimiento formulada por los ciudadanos: WILMER ANTONIO LEDEZMA SILVA Y BELKYS ZULAY BORRERO GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 19.236.284 y V-14.708.774 respectivamente; domiciliados el primero en San Josesito, sector El Chaparral, calle principal casa sin numero municipio Torbes Estado Táchira y la segunda en La Hortiza, Via El Llano Parte Alta casa Nro V-6 Parroquia La Concordia Municipio San Cristóbal Estado Táchira; mediante escrito presentado ante este Tribunal por la Defensora Publica Suplente de Protección del Niño y del Adolescente Abg. Eyding Carolina del Valle Rojo, en fecha 05 de Diciembre de 2.003, con relación a la niña YULEXY SUSANA, ya que por razones ajenas no pudo ser inscrita en el Registro Civil. En fecha 09 de Diciembre de

2.003, se admite la solicitud y se acuerda oír a los ciudadanos : WILMER ANTONIO LEDEZMA SILVA Y BELKYS ZULIA BORRERO GOMEZ, para que ratifiquen y amplíen e contenido de su solicitud. Se solicito la Constancia de Nacimiento de la niña YULEXY SUSANA LEDEZMA BORRERO ante la Dirección del Hospital Central Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, recibiéndose respuesta con oficio Nº 0231 de fecha 08/02/2.004; consignar constancias expedidas por la Prefectura de la Concordia y Registro Principal del Estado Táchira de que no aparece asentada la mencionada niña y Notificar a la Fiscal Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente, quién se dio por notificada en fecha 16/12/2.003. Cumplido como ha sido lo ordenado por este Tribunal, y estando suficientemente probado el nacimiento de la niña YULEXY SUSANA nacido en fecha 26 de Agosto de 2.002, en el Hospital Central de San Cristóbal, de este Municipio del Estado Táchira e hija de BELKYS ZULAY BORRERO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro V-14.708.774 respectivamente; tal y como se desprende de la constancia de nacimiento expedida por el Hospital Central de San Cristóbal Estado Táchira, inserta en los folios -14 al 16-; y por cuanto consta en autos que la niño no se encuentra inscrita en la Prefectura respectiva tal y como se desprende de la constancia de no inscripción libradas por la Prefectura de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, que riela al folios 5. En garantía de sus derechos consagrados en los artículos 16, 17, 18 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y la Supremacía de los Derechos y las atribuciones conferidas a esta Sala según lo señalado en el artículo 177 Parágrafo quinto ejusdem, Lo procedente es declarar CON LUGAR la solicitud de Inscripción en el Registro Civil de Nacimientos y así se decide.
Por lo anteriormente expuesto y de lo alegado y probado en autos, esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA EN EL REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTOS en beneficio de la niña YULEXY SUSANA BORRERO LEDEZMA, nacida en fecha 26 de Agosto de 2.002, en el Hospital Central de San Cristóbal, del Estado Táchira e hija de WILMER ANTONIO LEDEZMA SILVA Y BELKYS ZULAY BORRERO GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 19.236.284 y V-14.708.774 respectivamente; domiciliados el primero en San Josesito, sector El Chaparral, calle principal casa sin numero municipio Torbes Estado Táchira y la segunda en La Hortiza, Vía El Llano Parte Alta casa Nro V-6 Parroquia La Concordia Municipio San Cristóbal Estado Táchira.

En consecuencia, se ordena su inserción en los libros de Registro Civil de nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio La Concordia, del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión a los fines de que sea inscrita, utilizando el texto ordinario de Partida de Nacimiento establecido en el artículo 448 del Código Civil, tomando los datos que sean necesarios de la Boleta de nacimiento y de la presente sentencia.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los catorce días del mes de Febrero de dos mil cinco. Años 194º de la Independencia y 145º de la Federación.



ABOG. DIANA BEATRIZ CARRERO QUINTERO.
JUEZA Suplente UNIPERSONAL Nº 01

ABOG. DIANA M. ESPINOSA MARTINEZ
SECRETARIA

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia y se dejó copia para el archivo del Tribunal.

La Sria.

Exp. de Inserción Nº 27.074/BCM/MF