REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO

San Cristóbal, 14 de enero de 2005
194º y 145º

Visto el escrito presentado por el abogado OMAR ERNESTO SILVA MARTÍNEZ, defensor actuando en su condición de defensor técnico del imputado FREDDY ORTIZ BALAGUERA, plenamente identificado en autos, mediante el cual solicita le sean extendidas las presentaciones a su defendido a una vez al mes, para permitirle un mayor y mejor desenvolvimiento en sus actividades cotidianas; este Tribunal, a los fines de resolver lo solicitado, observa:

Consta en autos que sobre el imputado de marras, procesado por atribuírsele la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES contemplado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, pesa medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad consistente de presentaciones periódicas cada quince días, según decisión dictada por este despacho en fecha 26 de mayo de 2003; decisión en la cual además se le impuso las medidas cautelares de prestación de garantía real consistente de hipoteca de primer grado, por un monto de diez millones de bolívares, y la prohibición de salida del país sin previo consentimiento del Tribunal.

En tal sentido, este Tribunal aprecia que, además de la medida de presentaciones, se le impuso al imputado la medida cautelar de índole patrimonial de hipoteca de primer grado, por un monto de diez millones de bolívares, a la cual dio cumplimiento. Asimismo se aprecia que ha venido cumpliendo cabalmente con las presentaciones, bajo la frecuencia de una vez cada quince (15) días que se le impuso el 26 de mayo de 2003, ya que del contenido del oficio Nº 2282 de fecha 06 de diciembre de 2004 emanado de la Alguacil Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, se acredita que se ha presentado en treinta y siete (37) oportunidades, desde el 03 de junio de 2003 hasta el 29 de noviembre de 2004. En consecuencia, se estima procedente lo peticionado, y por lo tanto, acuerda extender el régimen de las presentaciones impuestas por este estrado judicial, a una vez cada treinta (30) días, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, así como las restantes condiciones con todos sus efectos, y así se decide.

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de juicio, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide: UNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el abogado OMAR ERNESTO SILVA MARTÍNEZ, defensor del imputado FREDDY ORTIZ BALAGUERA, y en consecuencia EXTIENDE las presentaciones impuestas por este Tribunal a una vez cada treinta (30) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, con el mantenimiento de las restantes medidas cautelares de prestación de garantía real y de prohibición de salida del país, en los términos señalados por la decisión dictada el 26 de mayo de 2003.

Publíquese, notifíquese y regístrese. Déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.




Abg. FRANCISCO ELÍAS CODECIDO MORA
JUEZ DE JUICIO Nº DOS






Abg. ANGÉLICA JOVES CONTRERAS
SECRETARIA


FECM.
CAUSA PENAL Nº: 2JU-775-03