JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, veinticinco (25) de enero de dos mil cinco.


Vista la inhibición formulada por el (la) Juez(a) Provisorio, SONIA RAMIREZ DUQUE, del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante acta de fecha 14 de diciembre de 2004, este órgano jurisdiccional luego de examinada(s) la(s) razón(es) y fundamentos(s) invocados(s) la DECLARA CON LUGAR, por haber sido realizada en forma legal y debidamente fundada.
Por cuanto no hay más actuaciones que realizar, remítase el presente expediente al Juzgado antes indicado, para lo cual líbrese oficio.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.


Dr. Carlos M. Galvis Hernández
Juez Provisorio


Abg. Margiore Rojas Alarcón.
Secretaria
Exp. 4841