REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIONES
San Cristóbal, 11 de enero de 2005
194º y 145º
Juez Ponente: JAIRO OROZCO CORREA
Visto el escrito de apelación interpuesto por el abogado JOSE ROSARIO NIÑO CASANOVA, con el carácter de defensor del imputado JESUS MARIA RODRIGUEZ, contra la decisión dictada el tres de diciembre de dos mil cuatro, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3, Extensión San Antonio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al mencionado imputado, por la presunta comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas; por cuanto su interposición se hizo ante el Tribunal que dictó el fallo conforme a lo establecido en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal y en vista de que dicho recurso no está comprendido en ninguna de las causales de inadmisibilidad determinadas por el artículo 437 ejusdem, esta Corte lo ADMITE y acuerda resolver sobre la cuestión planteada, dentro de los cinco (5) días de audiencia siguientes a la de hoy, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 450 ibidem.
En cuanto a las pruebas promovidas por el recurrente en su escrito de apelación, consistente la primera en el ofrecimiento en copia certificada de las actuaciones que conforman el asunto SP11-P-2004-000389 contra JESUS MARIA RODRIGUEZ, esta Corte no la admite por cuanto el promovente no precisa cuales actuaciones, pues todas no son pertinentes con la impugnación propuesta; respecto a la solicitud que se verifique por el sistema IURIS del Circuito Judicial Penal, Extensión San Antonio del Táchira, la hora en la cual se produjo el oficio N° ALG-645-2004, esta Corte estima innecesaria su promoción, ya que para dictar la decisión correspondiente solo basta analizar las actuaciones recibidas.
Los Jueces de la Corte,
JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente
JAIRO OROZCO CORREA JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS
Ponente
GEIBBY GARABAN OLIVARES
Secretaria
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
GEIBBY GARABAN OLIVARES
Secretaria
Aa-2060/JOC/mq
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