REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-EN SU NOMBRE. CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA.- SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 3.- SAN CRISTÓBAL, MIERCOLES, CATORCE (14) DE DICIEMBRE DE DOS MIL CINCO.

194º Y 146º
Siendo las 11:20 a.m. del día señalado para la realización de la Audiencia Preliminar prevista en el articulo 571 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente fijada en la presente causa, con ocasión de la acusación presentada por la Fiscalia Décimo Novena del Ministerio Publico, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el único aparte del artículo 458 del Código Penal en perjuicio del ciudadano RAMON ALIRIO RONDON VALERO, contra la Adolescente (Reservado de conf. Art.541 LOPNA), presentes como se encuentran la ciudadana Fiscal del Ministerio Público ABG. LAURA DEL VALLE MONCADA SANCHEZ, y la secretaria del Tribunal ABG. PERLITA DEL MAR MENDOZA S, no así la adolescente imputada y visto el escrito consignado por la representante legal de la adolescente en el que expone el motivo por el cual la misma no compareció, y solicita el diferimiento de la audiencia preliminar fijada para el día de hoy, y visto que la ciudadana Fiscal Décimo Novena del Ministerio Público ABG. LAURA DEL VALLE MONCADA SANCHEZ, no tiene objeción alguna que hacer en relación al diferimiento solicitado y por cuanto en todo proceso se busca es lograr la realización de los actos, visto que la representante legal ha manifestado insistentemente que su representada no quiere evadir el proceso y que su ausencia es justificada, es por lo que este Tribunal considera PROCEDENTE, el diferimiento solicitado, Y ASI FORMALMENTE SE DECIDE,
Por la razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL No. 3 DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ACUERDA diferir la presente audiencia para el día JUEVES (02) DE FEBRERO DE 2006 a las 10:00 de la mañana. Quedan notificadas las partes aquí presentes. Librese la respectiva boleta de notificación a la adolescente y a las victimas Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 11:30 minutos de la mañana.


AB. HELEN NEFFERTY GARCIA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO DE CONTROL Nº 3





ABG. LAURA DEL VALLE MONCADA SANCHEZ
FISCAL(A) DÉCIMO NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO




ABG. PERLITA DEL MAR MENDOZA S.
SECRETARIA SUPLENTE

CAUSA 3C-463/2002.
HNGR/pdmms.-