REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, Martes seis de Diciembre del año Dos mil cinco, siendo las 09:30 a.m, se traslado y constituyó de este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el ciudadano GONZÁLEZ ROA WILLIAM GALINDO, asistido por los Abogados en Ejercicio Pablo José Contreras Sánchez y John Humberto Arellano C. inscritos bajo los Inpreabogados números 97.853 y 89.125, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Avenida Libertador, N° G-28, Sede del Estacionamiento Ruíz Zambrano, de esta Ciudad de San Cristóbal,Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la cual consiste en la práctica de la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, decretada sobre bienes muebles propiedad de la EMPRESA MERCANTIL DISTRIBUIDORA FREYMAN ROMERO C.A, de este domicilio inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira, bajo el N° 48 tomo 3-A de fecha 13 de Febrero de 2004, en la persona de ROMERO FREYMAN, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.281.705, de este domicilio, en su carácter de Presidente de la Empresa, o que sean propiedad del ciudadano Romero Freyman,identificado como persona natural, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, en el expediente N° 18.103-2005, que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Richard Contreras, placa 1878. Se encuentra presente la Ciudadana Contreras Pérez Iris Mireya, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 4.627.815, en su condición de Secretaria del Estacionamiento, a quien la Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. En este estado el ciudadano González Roa William Galindo, asistido de los Abogados en ejercicio Pablo José Contreras Sánchez, y John Humberto Arellano C, ya identificados en la presente acta, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso:”Ciudadana Juez, una vez instalados en la Sede del Estacionamiento Ruíz Zambrano, solicito al Tribunal se practique Medida de Embargo, sobre el Vehículo retenido por las autoridades de tránsito, con las siguientes características: marca: Toyota, Tipo: Techo duro, Modelo: Land Cruiser, Color: Beige, Placas: MDH94W, Año: 2002, Serial de Motor 1FZ0510422, Serial de Carrocería: 8XA21UJ7228000347, Clase: Rustico, Uso: Particular, propiedad del Ciudadano Freyman Alfonso Romero Jaimes, es todo.” En este estado el Tribunal designó como Perito Avaluador al Ciudadano Sánchez Angarita Carlos Arturo, titular de la cédula de identidad N° V-1.555.677, y como Depositario al Ciudadano Zambrano Corzo José Dario, titular de la cédula de identidad N° V-7.092.473, en Representación de la Depositaria Judicial “La Seguridad” representación que se evidencia mediante Poder otorgado en fecha 03-10-2005, en la Notaria Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, bajo el N° 65, tomo 175, de los Libros de Autenticaciones llevados en esa Notaria, quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de ley ante la Juez. En este estado el Perito designado pasa a rendir su informe en los términos siguientes: “El vehículo antes señalado se trata de un Toyota, 4WD 4500EF1, año 2002, color: dorado, placas: EMDH-94W, solamente posee una lata identificadora de la placa, que corresponde a la parte delantera del parachoque, en buen estado de latonería, pintura y tapicería el stop trasero derecho partido, puerta trasera donde va fijado el repuesto se encuentra aboyada. Falta la platina del guardabarros trasero izquierdo y posee cinco cauchos en servicio incluyendo otro puesto en regular estado, no posee equipo de sonido, serial de carrocería: 8XA21UJ7228000347, Serial de Motor 1FZ0510422, tres (03) espejos retrovisores, buen estado de funcionamiento, desconociéndose cualquier daño oculto que pueda tener el mismo, por su estado, condiciones y año 2002 lo avalúo en la cantidad de Bolívares Cincuenta Millones de Bolívares (Bs.50.000.000,00) es todo”. En este estado el Tribunal declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el vehículo antes señalado por la parte actora, y en consecuencia declara su DESPOSESIÓN JURIDICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y le hace entrega del mismo al Representante Judicial Designado, quién lo recibe conforme y hace la siguiente aclaratoria, que el vehículo anteriormente señalado, le falta el parachoques niquelado trasero. No siendo más, el Tribunal concluye el acto, siendo las 11:00 am, y regresa a su sede. Terminó, se leyó, conformes firman. Lo Enmendado: Vale todo.

LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LA PARTE ACTORA,
ABOGADOS ASISTENTES,

ABG. PABLO JOSE CONTRERAS SANCHEZ,

ABG. JOHN HUMBERTO ARELLANO C.


EL DEMANDANTE,
GONZALEZ ROA WILLIAM GALINDO

LA NOTIFICADA
CONTRERAS PEREZ IRIS MIREYA

EL PERITO AVALUADOR DESIGNADO
SANCHEZ ANGARITA CARLOS ARTURO

DEPOSITARIO JUDICIAL DESIGNADO
JOSE DARIO ZAMBRANO CORZO

FUNCIONARIO POLICIAL,
RICHARD CONTRERAS


LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. MARIA INES ARTAHONA MARIÑO