REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO MARIA UREÑA
SEGUNDO
En vista del Reconocimiento efectuado por el ciudadano: ANDRES ELOY CASTRO ALVIAREZ, de nacionalidad Venezolana titular de la cedula de identidad Nº V- 12.815.367, este tribunal del Municipio Pedro María Ureña, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara RECONOCIDO, el documento privado de Venta de Máquinas, conforme a lo establecido en el Artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.363 del Código Civil
Regístrese, publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal.-
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho del Juzgado del Municipio Pedro María Ureña, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintiún (21) días del mes de Diciembre del año dos mil cinco-195º Años de la independencia y 146º Años de la federación.-
La Jueza Provisorio,
Abg. Ligia Rincón de Durán.-
El secretario.-
José Rafael Jaimes.-
En esta misma fecha previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publico la anterior sentencia siendo las diez de la mañana.-
El secretario.-