JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiuno (21) de diciembre de dos mil cinco.
AÑOS: 195° y 146°
Visto el desistimiento a la demanda, realizado en fecha 19 de diciembre del presente año, por el demandante, abogado ANTONIO PERDOMO, observando esta Juzgadora, que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo se ordena hacer entrega al demandante de los cheques objeto de la acción, los cuales se encuentran resguardados en la caja de seguridad del Tribunal. Se da por terminado el juicio, en consecuencia, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal
Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m) se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando anotada bajo el N° 94, en el “Libro de Registro de Sentencias”.
Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
DarcyS.
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