REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO
JUEZA UNIPERSONAL Nro.4


San Cristóbal, 05 de diciembre de 2005

195° y 146°


Revisado como ha sido el presente expediente, y por cuanto los recaudos anexos al mismo, cumplen con lo solicitado en el Auto de Admisión, ésta Juez Unipersonal N° 04, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad al artículo 08 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual establece el Interés Superior del Niño, y lo establecido en el artículo 22 ejusdem: A U T O R I Z A amplia y suficientemente a la ciudadana MARÍA ESTHER CAICEDO, antes colombiana, con Cédula de Ciudadanía N° 60.357.325, ahora Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.– 22.638.106, para que tramite todas las gestiones tendentes por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX)a los fines de que se sirvan EXPEDIR LA CÉDULA DE IDENTIDAD, a la adolescente YESSI KATHERINE LAGOS CAICEDO, venezolana, de 12 años de edad, con Partida de Nacimiento N° 241, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Palotal.
Expídase Copia Certificada a la parte interesada para cumplir con los efectos legales correspondientes, y déjese copia para el archivo del tribunal. Cúmplase.-


ABG. MARITZA RAMIREZ RAMIREZ
JUEZ UNIPERSONAL Nro. 4
ABG. SANDRA MÁRQUEZ BOHÓRQUEZ
SECRETARIA (T)

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria (T),

Exp. Nro.
N° ________
Roselyn.