REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIONES

San Cristóbal, 05 de diciembre de 2005
195º y 146º

Juez Ponente: Jairo Orozco Correa

Visto el recurso de apelación interpuesto por la abogada Rosalba Granados Pomenta, con el carácter de defensora Pública Sexta Penal, de la penada DAZA MONCADA ANA CECILIA, contra el auto dictada el 29 de septiembre de 2005, por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 1, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la solicitud de beneficio de destacamento de trabajo, interpuesto por la referida penada; por cuanto su interposición se hizo ante el Tribunal que dictó el fallo conforme a lo establecido en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, y no está comprendido en ninguna de las causales de inadmisibilidad determinadas en el artículo 437 ejusdem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 450 ibidem.

Los Jueces de la Corte,

JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente



JAIRO OROZCO CORREA CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
Juez Ponente Juez Temporal


JERSON QUIROZ RAMIREZ
Secretario

Aa-2516/JOC/chs.