REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
195º y 146º

San Cristóbal, 05 de diciembre de 2005


Ponente: Jafeth Vicente Pons B.

Por cuanto el abogado Hugo José Santos Rosales, en su carácter de defensor del ciudadano Héctor Díaz Maldonado, interpuso recurso de apelación ante el tribunal que dicto el fallo, en el término que establece el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal; dicho fallo fue dictado el 25 de octubre del 2.005, siendo notificado la defensa en fecha 09 de noviembre del año en curso y el recurso de apelación fue interpuesto 11 de noviembre de ese mismo año, de donde se infiere que su interposición se hizo dentro del lapso legal, y por cuanto dicho recurso no se encuentra previsto en las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 437, literales a, b, y c, ejusdem, esta Corte de Apelaciones, ADMITE dicho recurso y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez días de audiencias siguientes a la de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 450 ejusdem.
LOS JUECES DE LA CORTE,
JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
PRESIDENTE - PONENTE



JAIRO OROZCO CORREA CARMEN DEISY CASTRO
JUEZ DE LA CORTE JUEZ TEMPORAL


EL SECRETARIO,
JERSON QUIROZ RAMIREZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado


Exp.Nro. Aa -2511-05