Causa N° Aa-2527-2005
ACTA DE INHIBICION
Quien suscribe, CARMEN DEISY CASTRO INFANTE, titular de la cédula de identidad N° V-8.679.940, actuando en mi condición de Juez Temporal de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la presente acta que se levanta a tenor de lo dispuesto en el artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, manifiesto mi voluntad de inhibirme del conocimiento de la presente causa signada bajo el N° 1-Aa-2527-2005 nomenclatura de esta Corte de Apelaciones, con fundamento en lo dispuesto en el ordinal 7° del artículo 86 ejusdem, el cual dispone:
7° “Por haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella, o haber intervenido como fiscal, defensor, experto, intérprete o testigo, siempre que, en cualquiera de estos casos, el recusado se encuentre desempeñando el cargo de Juez”.
Ahora bien, revisadas las presentes actuaciones, puede observarse que en fecha 10 de noviembre de 2005 dicté decisión como Juez a cargo del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se admitió totalmente la acusación presentada por la representación fiscal, en contra del imputado CARVALLO ABREU CRUZ RAMON, por la presunta comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; se admitieron totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público; se admitieron parcialmente las pruebas presentadas por la defensa; se ordenó la apertura a juicio oral y público y se mantuvo la medida de privación judicial preventiva de libertad.
En base a lo antes expuesto, es por lo que considero que mal puedo ahora conocer de las mismas actuaciones. En consecuencia, remítase la causa al Juez dirimente a los fines de la substanciación de la presente incidencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
San Cristóbal, 15 de diciembre de 2005.
Carmen Deisy Castro Infante
Funcionaria Inhibida
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