REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÒN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÀCHIRA.
San Cristóbal, 18 De Agosto de 2005
195º y 146º
Por cuanto este Tribunal observa:
1. Que el penado: JUAN CARLOS CASTAÑEDA MORENO fue detenido el 18-08-2002, siendo condenado por el Juzgado Tercero en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, por el delito de: HURTO CALIFICADO, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS de PRISION.
2. El 16-12-2002, le fue realizado cómputo de Ley, del cual se desprende que el mismo cumple en su totalidad la pena impuesta el día 18 de Agosto del 2005.
Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la LIBERTAD PLENA del ciudadano: JUAN CARLOS CASTAÑEDA MORENO, Venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº V 12.971.390. Notifíquese al ciudadano Fiscal del Ministerio Publico, y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Regional de este Circuito Judicial Penal.-
EL Juez,
ABG. MARCOS RAUL CASTILLO VELANDIA
La Secretaria,
ABG. PERLITA DEL MAR MENDOZA
MRCV/mfsv
Exp. E4-1376-02
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