JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, diez de agosto de dos mil cinco.
195° y 146°
El Juez temporal de este Juzgado, abogado JUAN JOSE MOLINA CAMACHO, SE AVOCA al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, en base al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 257 ejusdem, se continúa con el conocimiento del proceso. En tal virtud vistas las actas procesales que conforman el presente expediente N° 3512, contentivo del juicio que por motivo de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentara el ciudadano JOSE ANGEL PORTALES contra el ciudadano KIRBAJ KIRBAJ TALAL, de las cuales se desprende, que en el acta de embargo preventivo, de fecha 09/01/1996, inserta al folio 5 del cuaderno de medidas, las parte actora aceptó el ofrecimiento de pago propuesto por la parte demandada y solicito levantara la medida de embargo decretada y ejecutada, en tal sentido este tribunal considera que el convenio de pago efectuado no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley, en consecuencia le imparte SU HOMOLOGACION, y acuerda;
* Levantar la medida de embargo preventivo ejecutada por el extinto Juzgado del Distrito Junín de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
* Dar por terminado el juicio y archivar el expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada e esta decisión para el archivo del Tribunal.
El Juez Temp.,


Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Cruz Marina Díaz García
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia para el archivo del Tribunal bajo el N° 691.
Nancy