REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
SALA ACCIDENTAL

195º y 146º

San Cristóbal, 12 de agosto de 2005


Ponente: Gerson Alexander Niño


Por cuanto el ciudadano José de Jesús Colmenares Moreno, asistido por el abogado Pedro Pablo Ramírez Jaimes, interpuso recurso de apelación ante el tribunal que dicto el fallo, en el término que establece el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal; pues dicho fallo fue dictado el 23 de mayo del dos mil cinco, y el recurso de apelación fue interpuesto el 27 de mayo de ese mismo año, de donde se infiere que su interposición se hizo dentro del lapso legal, y por cuanto dicho recurso no se encuentra previsto en las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 437, literales a,b, y c, ejusdem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez días de audiencias siguientes a la de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 450 ibidem . Y en cuanto a las pruebas promovidas por el recurrente, esta Corte las admite por ser necesarias y pertinentes para tomar la decisión correspondiente y como las mismas ya cursan en autos (documentales), esta Sala estima innecesaria la celebración de la audiencia oral, a que se refiere el artículo 450 segundo aparte ejusdem. Y en lo que se refiere a la prueba de informes del numeral 5.2, se acuerda oficiar al Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que informe si el escrito en fotocopia simple marcado con la letra “A”, aparece inserto a la causa N° 2JM-1026-04 y si el mismo fue agregado por el abogado Carlos Enrique Macero Nuñez y en que fecha. Líbrese oficio.

LOS JUECES DE LA SALA ACCIDENTAL,

GERSON ALEXANDER NIÑO
Ponente-Presidente




JAFETH VICENTE PONS B. JORGE OCHOA ARROYABE
Juez Juez




WILLIAM JOSE GUERRERO SANTANDER
Secretario


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró oficio N° _________, al Tribunal segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal.


William José Guerrero Santander
Secretario


Causa N° 1-Aa-2314-2005